Resolución - Simple N° 1710 - CDNNYA/2023, 01/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 1710/CDNNYA/23
Buenos Aires, 27 de octubre de 2023
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 70 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto
Reglamentario N° 1.000/99, la Ley N° 6.594, modificada por la Ley N° 6.672, los
Decretos N° 469/22 y N° 470/22, el Expediente Electrónico Nº 39281708-GCABA-
DGLTACDN/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y
autarquía financiera;
Que el artículo 63 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y el artículo 33
del Decreto Reglamentario N° 1.000/99 establecen los alcances y el mecanismo para
realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias;
Que por la Ley N° 6.594, modificada por la Ley N° 6.672, se aprobó el total de los
gastos corrientes y de capital del Presupuesto de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires para el Ejercicio Fiscal 2023;
Que, a su vez, por el artículo 3° del Decreto Nº 469/22 se aprobó la distribución de
créditos presupuestarios para el Ejercicio 2023, en tanto que por el Decreto N° 470/22
se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General
de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para dicho Ejercicio
Que mediante IF-2023-40191834-GCABA-DGLTACDN, el titular de la Dirección
Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica
y Administrativa de este Consejo, informa que la titular de la Dirección Operativa de
Compras y Contrataciones, dependiente de la mencionada Dirección General, consultó
sobre la existencia de crédito presupuestario para la compra de electrodomésticos con
destino a los distintos dispositivos dependientes de la Dirección General de Servicios
de Atención Permanente de este organismo;
Que, asimismo, el titular de la precitada Dirección Operativa de Gestión Financiera
informa que resulta necesario afrontar el gasto en concepto de peajes por los traslados
correspondientes a la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este
Consejo, así como también el pago de las asignaciones económicas no remunerativas
denominadas Línea Mesada, con destino a los/as niños/as y adolescentes
alojados/as en los distintos dispositivos del organismo;
Que el titular de la Dirección Operativa de Gestión Financiera informa que no existe
crédito suficiente para afrontar los gastos mencionados precedentemente, por lo que
se estima procedente la reasignación de créditos entre partidas presupuestarias;
Que, por las consideraciones vertidas precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo por el que se apruebe la modificación presupuestaria propuesta -
Requerimientos N° 8.333 y N° 8.340-, utilizando para ello las facultades establecidas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6739 - 01/11/2023

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