Resolución - Simple N° 1677 - SSGRH/2023, 02/08/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 1677/SSGRH/23
Buenos Aires, 26 de julio de 2023
VISTO: La Ley N° 471 (Texto consolidado por la Ley N° 6588), el Decreto N° 547/16 y
modificatorios, la Resolución N° 3620- MHGC/16, el Expediente N° 27876199-GCABA-
DGCLAP/23, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 547/16 y modificatorios, se creó un régimen de retiro
voluntario para aquellos/as agentes de planta permanente comprendidos en la Ley N°
471, que se encuentren próximos/as o en condiciones de obtener cualquier beneficio
jubilatorio;
Que los/as agentes mencionados/as en este acto administrativo adhirieron en tiempo y
forma al referido régimen reuniendo las condiciones establecidas en el artículo 3º,
inciso a), b) o c) -según el caso- del citado decreto;
Que, entre las causales de extinción de la relación de empleo público, se encuentra el
retiro voluntario o jubilación anticipada, conforme lo dispuesto por el artículo 74, inciso
d) de la Ley N° 471;
Que, en consecuencia, corresponde cesar a partir del 31 de julio de 2023 a los/as
agentes referidos/as en el IF N° 28045174-GCABA-DGCLAP/23 y concederles el
incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 547/16, conforme lo establecido en
el artículo 11 del referido cuerpo legal.
Por ello, conforme a las facultades conferidas por el artículo 26 de la Resolución N°
3620-MHGC-16,
EL SUBSECRETARIO
DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE:
Artículo 1°.- Cesar en sus tareas a partir del 31 de julio de 2023 los/as agentes
nombrados/as en el Anexo (IF N° 28045174-GCABA-DGCLAP/23) que, a todos sus
efectos forma parte de esta resolución, conforme lo dispuesto por el artículo 74, inciso
d) de la Ley N° 471.
Artículo 2°.- Otorgar al personal mencionado en el Anexo (IF N° 28045174-GCABA-
DGCLAP/23), el incentivo previsto en el artículo 1° del Decreto N° 547/16, en la
cantidad de cuotas mensuales y consecutivas que, para cada caso allí se indica y, de
corresponder, el reintegro del monto de la cuota del plan de regularización de deuda
previsional como trabajador/ra autónomo/a, conforme lo dispuesto en los artículos 12,
13, 14 y 15 de la Resolución N° 3620-MHGC/2016.
Artículo 3°.- La Gerencia Operativa Administración del Escalafón General y de los
Regímenes de Seguridad dependiente de la Dirección General de Administración y
Liquidación de Haberes, tomará los recaudos necesarios con relación a lo dispuesto
en los artículos 1° y 2° de la presente resolución.
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
para su conocimiento y demás efectos, remitir a la Dirección General Administración y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6674 - 02/08/2023

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