Resolución - Simple N° 162 - SSGU/2023, 01/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 162/SSGU/23
Buenos Aires, 28 de agosto de 2023
VISTO: El Código de la Edificación (Ley N° 962), la Ley N° 6292 la Resolución Nº
483/GCABA/SJYSU/2004, los Decretos Nº 151/2021 y N° 455/22, el Expediente
Electrónico EX-2021-32898033- -GCABA-DGROC; y,
CONSIDERANDO:
Que a través de estos actuados, EX-2021-32898033- -GCABA-DGROC, se ha
presentado para registrar documentación de “Conforme a obra con Regularización de
obras en contravención” para el inmueble sito en Melián Nº 4164-68 de esta Ciudad
(Nomenclatura Catastral: Circunscripción: Circunscripción: 016, Sección: 043,
Manzana: 021C, Parcela: 023);
Que las obras consisten en una ampliación conformada por un total de 0,40 m2 los
cuales fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (Pisos 1° y 2°: sectores
balcones), y de una modificación conformada por un total de 35,50 m2 los cuáles
fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (P. Baja: acceso, depósito auxiliar y
tanque de bombeo), según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras
existentes que fueran oportunamente aprobadas s/Nº de Orden 15 (IF-2021-
33795007-GCABA-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/
Nº de Orden 108 (PLANO-2023-22533175-GCABA-DGROC), destinadas a “Vivienda
Colectiva y Espacio Guardacoches”;
Que lucen incorporados en IF-2022-24060712-GCABA-DGROC (Nº de orden 43) la
Memoria e Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional
habilitado que interviene en el trámite de regularización;
Que según Nº de Orden 133 (IF-2023-25776040-GCABA-DGROC), la Gerencia
Operativa de Liquidaciones, Programación, Verificación y Control informó que los
derechos de Delineación y Construcción están abonados correctamente;
Que la finca en cuestión al momento de la presentación no se encuentra afectada a los
presupuestos establecidos en el LIBRO CUARTO DERECHOS REALES, Título V
del Código Civil y Comercial de la Nación, según consta en Nº de Orden 8 (IF-2021-
32897660-GCABA-DGROC);
Que la Dirección General de Registro de Obras y Catastro a través de Informe IF-
2023-31902308-GCABA-DGROC (N° de orden 185) expresó: “La superficie no
reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1. “Trabajos que requieren
permiso de obra” y 4.4.3.2 "Salientes de balcones” ambos del Código de la Edificación,
según surge de Nº de Orden 154 (IF-2023-27557598-GCABA-DGROC); observándose
que la misma encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. “Obras en contravención”
del Código de la Edificación, modificado por la Ley Nº 962 (B.O.C.B.A. Nº 1607) y
Resolución Nº 483/GCABA/SJYSU/2004”:
Que mediante IF-2023-31059996-GCABA-DGROC (Orden 179) la Gerencia Operativa
de Registro de Obra entiende que las obras ejecutadas sin permiso citadas de acuerdo
a lo declarado por el profesional actuante no afectan al inmueble ya que el resto de lo
construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de habitabilidad,
iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales, y según la declaración
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6697 - 01/09/2023

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