Resolución - Simple N° 1564 - CDNNYA/2022, 30/11/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 1564/CDNNYA/22
Buenos Aires, 25 de noviembre de 2022
VISTO: Las Leyes Nacionales Nº 20.416 y N° 24.588, la Ley N° 114 (texto consolidado
por Ley N° 6.347), los Decretos PEN N° 210/89, N° 873/16 y N° 629/16, las
Resoluciones N° 60-ISSP/18 y N° 1.046- GCABA-CDNNyA/22, el Expediente
Electrónico N° 38559397-GCABA-DGRPJ/22, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niños, niñas y adolescentes;
Que conforme lo dispuesto por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de
autonomía técnica y administrativa y autarquía financiera;
Que en fecha 20 de septiembre de 2016 se suscribió el “Convenio de Transferencia de
Servicios de Atención Directa de Adolescentes en Conflicto con la Ley Penal al ámbito
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, celebrado entre la Secretaría Nacional de
Niñez, Adolescencia y Familia, en representación del Estado Nacional, y este Consejo
de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, en representación de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, mediante el cual se dispuso, entre otras cuestiones, el
traspaso a la Ciudad del personal que integra el Cuerpo Especial de Seguridad y
Vigilancia (CESyV), regido por el Decreto PEN N° 210/89;
Que en la cláusula sexta, apartado primero, del mencionado convenio se acordó que
los/as agentes transferidos/as conservan el nivel escalafonario, remuneración,
antigüedad, derechos previsionales y de cobertura social que tuvieran al momento de
la transferencia, o sus equivalentes, de acuerdo a la normativa vigente, y de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley Nacional N° 24.588;
Que el CESyV se encuentra bajo la órbita de la Dirección General de Responsabilidad
Penal Juvenil de este Consejo y tiene como función primaria la de intervenir y
custodiar interdisciplinariamente a los/as adolescentes que se encuentren en los
dispositivos institucionales en cumplimiento de medidas dispuestas por la Justicia
Penal Juvenil, así como también la de acompañar a los/as mencionados/as jóvenes
cuando deban ser trasladados/as fuera de dichos dispositivos; todo ello, con arreglo a
las directivas que se les impartan y observando para con la población confiada en su
custodia un tratamiento respetuoso de los derechos humanos;
Que la dinámica de la actividad que se desarrolla en los dispositivos destinados a
los/as adolescentes en conflicto con la Ley Penal requiere la adopción de medidas
expeditivas y ligadas a la operatoria del sistema,
que permitan asegurar la continuidad y eficiencia de los servicios a cargo del CESyV;
Que para el logro de dicha finalidad, y a fin de asegurar el normal desenvolvimiento
operativo del CESyV, mediante el Decreto PEN N° 629/16 se incrementó el número de
vacantes del mencionado Cuerpo;
Que con el objeto de cubrir dichas vacantes, mediante la Resolución N° 60-ISSP/18, el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6511 - 30/11/2022

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