Resolución - Simple N° 149 - AGC/2023, 04/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 149/AGC/23
Buenos Aires, 27 de abril de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 2.624, 3.304 y 6.101 (textos consolidados por Ley N° 6.588),
y la Resolución Nº 247-AGC/17 y sus modificatorias, Expediente Electrónico Nº 2023-
15220929-GCABA-AGC y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), se creó la
Agencia Gubernamental de Control como entidad autárquica en el ámbito del
Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que al mismo tiempo, dicha Ley determinó su organización y competencia, a efectos
de controlar, fiscalizar y regular en el marco del ejercicio del poder de policía en lo que
respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de los establecimientos
blicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas actividades comprendidas
en el Código respectivo como así también el otorgamiento de permisos para ciertas
actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la
Edificación;
Que en particular, y de conformidad con la Resolución Nº 247-AGC/17 y sus
modificatorias, es la Dirección General de Fiscalización y Control quien tiene como
misión ejercer el poder de policía en materia de seguridad de las instalaciones, higiene
y condiciones de funcionamiento sobre los establecimientos comerciales, industrias,
de servicios, espectáculos y entretenimientos públicos, permisos otorgados para la
realización de eventos masivos, deportivos de carácter programados, así como lo
referente a la compra y venta no autorizada de mercaderías y expendio de alimentos
en el Espacio Público;
Que asimismo, se encuentra facultada a realizar secuestros y/o decomisos de
mercadería y/o de otros elementos vinculados a la compra y venta no autorizada de
mercaderías y expendio de alimentos en el Espacio Público; disponer y ratificar
clausuras inmediatas o preventivas, Intervenir en la coordinación de acciones con
otros organismos públicos, legislativos o judiciales para el apoyo de las actividades
operativas sobre su competencia;
Que en esta línea de ideas, brinda intervención a los Organismos de Control
correspondientes sobre la información que surja de las inspecciones realizadas a fin
de que cumpla con los objetivos de control que corresponda en cada caso;
Que por su parte, la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria entiende en
el diseño, desarrollo e implementación del programa de higiene y seguridad
alimentaria para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, intervenir y participar en
el control higiénico sanitario de establecimientos donde se elaboren, fraccionen,
depositen o expendan alimentos y unidades de transportes de alimentos en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, para garantizar las condiciones de salubridad necesarias
a sus usuarios;
Que al mismo tiempo, efectúa los análisis de laboratorios de aquellas materias primas
y productos alimenticios que circulen, se vendan o se almacenen en la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6613 - 04/05/2023

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