Resolución - Simple N° 1429 - SSASS/2022, 04/11/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 1429/SSASS/22
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2022
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347), los Decretos Nº 74-
GCABA/21, N° 463-GCABA/19 y sus modificatorios, la Resolución N° 1312-
SSASS/2022, la Disposición Nº 167-DGCYC/21, la Disposición N° 600- DGABS/2022
y el Expediente Electrónico EX-2022-33085142- -GCABA-DGABS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante los presentes actuados tramita la Contratación Directa BAC N° 401-
1377-CDI22, para la adquisición de Etonogestrel (implante anticonceptivo) con
certificado de comercialización extendido por ANMAT a un único Laboratorio
elaborador, con destino al Programa de Salud Sexual y Reproductiva dependiente de
la Subsecretaría de Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria del Ministerio de
Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de acuerdo a lo establecido en el
art. 28 inc. 5), de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley N° 6.347) y su Decreto
Reglamentario N° 74-GCABA/21, que comprende la adquisición de DIEZ MIL (10.000)
unidades de ETONOGESTREL - Implante anticonceptivo subdérmico de liberación
continua contenido en varilla, con aplicador;
Que por medio de la nota NO-2022-32399287-GCABA-SSAPAC, el Subsecretario de
Atención Primaria, Ambulatoria y Comunitaria solicitó la adquisición del referido
método anticonceptivo, en las cantidades indicadas, destacando que este método se
comercializa en el país, en exclusividad por el Laboratorio Organon Argentina S.R.L.;
Que por medio de la nota NO-2022-33496161-GCABA-SSAPAC, el referido Nivel
manifestó la imposibilidad de encontrar sustitutos convenientes al producto solicitado;
Que por medio de la presentación IF-2022-33090066-GCABA-DGABS, la firma
Organon Argentina S.R.L. manifestó ser único elaborador y comercializador del
producto Etonogestrel;
Que el art. 28, inc. 5) de la ley N° 2.095 (Texto consolidado por Ley N° 6.347), prevé la
posibilidad de seleccionar directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha
medida debidamente fundada y ponderada por autoridad competente “cuando se trate
de bienes o servicios prestados, fabricados o distribuidos exclusivamente por
determinada persona o entidad, siempre que no hubiese sustitutos convenientes”;
Que por Disposición Nº 167-DGCyC/21 la Directora General de Compras y
Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas
por el artículo 78 de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado Ley N° 6.347), aprobó el Pliego
Único de Bases y Condiciones Generales;
Que por Resolución N° 1312-SSASS/2022 se aprobó el Pliego de Bases y
Condiciones Particulares, sus Anexos y el Pliego de Especificaciones Técnicas y se
autorizó a la Directora General Abastecimiento de Salud a realizar el pertinente
llamado en los términos del art. 28 inc. 5) de la Ley Nº 2.095 (Texto consolidado Ley
N° 6.347) y su Decreto N° 74-GCABA/21;
Que por Disposición N° 600-DGABS/2022 se realizó el pertinente llamado a la
Contratación Directa BAC N° 401-1377-CDI22 para el día 13 de octubre de 2022 a las
14:00 horas;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6495 - 04/11/2022

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