Resolución - Simple N° 1369 - SSGMO/2023, 02/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 1369/SSGMO/23
Buenos Aires, 23 de mayo de 2023
VISTO: Las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud, las Leyes Nros.
6.292 y 5.786 (textos consolidado por la Ley N° 6.588), los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 260/PEN/20, 297/PEN/20, 1/GCABA/20, y sus modificatorios y
complementarios, las Resoluciones Nros. 309/SSGMO/20, y sus modificatorias y
complementarias, 107/SECTRANS/18, y 607/SECTRANS/19, los Decretos Nros.
463/GCABA/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico Nro. EX-2023-
19471786- - GCABA-SSGMO , y;
CONSIDERANDO:
Que con fecha 15 de diciembre de 2016, mediante la Ley Nº 5.786, se creó el Área
Ambiental Buenos Aires Centro, con el objeto de desalentar el uso de vehículos
particulares en los horarios de mayor congestión vial y circulación peatonal, motivando
a los ciudadanos a utilizar como modo de transporte opciones más sustentables para
la llegada a la zona céntrica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 2° de la mencionada Ley estableció que la autoridad de aplicación era
la entonces Secretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano
y Transporte;
Que en cumplimiento con lo dispuesto por los artículos 5º y 9º de la Ley N° 5.786, a fin
de iniciar con el Registro correspondiente al Área Ambiental Buenos Aires Centro, se
propició establecer los requisitos y los mecanismos de obtención del mismo; así como
también, determinar la obligación de registro y el modo de inscripción de los diversos
Usuarios del Área Ambiental Buenos Aires Centro;
Que en consecuencia, con fecha 27 de marzo de 2018, mediante Resolución N°
107/SECTRANS/18, de la ya extinta Secretaría de Transporte, se aprobó el sistema de
funcionamiento para operar el Registro Área Ambiental Buenos Aires Centro;
Que la aludida Resolución fue modificada por Resolución N°:607/SECTRANS/19, de
fecha 9 de diciembre de 2019, conforme a los análisis realizados en base a los meses
de implementación, resultando necesario reestablecer los requisitos, mecanismos de
obtención y modos de inscripción de los diversos Usuarios del Área Ambiental Buenos
Aires Centro;
Que posteriormente, el 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud
(OMS) declaró al virus COVID19 como una pandemia;
Que tal situación tornó imprescindible la implementación de medidas de prevención y
control tendientes a reducir el riesgo de propagación del contagio en la población;
Que en consecuencia, mediante Ley N° 27.541 se dictó la emergencia pública en
materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética,
sanitaria y social, hasta el 31 de diciembre de 2020, inclusive;
Que mediante el Decreto N° 260/PEN/20, se amplió por el plazo de UN (1) año la
emergencia pública en materia sanitaria oportunamente establecida por la Ley N°
27.541;
Que a través del Decreto N° 297/PEN/20 se estableció una medida de “aislamiento
social, preventivo y obligatorio” en todo el país;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6633 - 02/06/2023

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