Resolución - Simple N° 125 - SSGU/2023, 14/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 125/SSGU/23
Buenos Aires, 6 de julio de 2023
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires (texto consolidado por Ley Nº 6588), la Ley Nº 6292, los Decretos Nº 151/2021,
Nº 455/2022, el Código Urbanístico (Ley Nº 6.099 y sus modificatorias), la Resolución
61-GCABA-SSGU/22, la Disposición DI- 2020-1338-GCABA-DGIUR, el Dictamen IF-
2023-21183715-GCABA-DGIUR, la Nota NO-2023- 21116469- GCABA-DGIUR, los
Expedientes Electrónicos EX-2022-42944515-GCABA-MGEYA, EX- 2022-46261694-
GCABA-MGEYA; y
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de estos actuados, Expediente Electrónico EX-2022-42944515-
GCABA-MGEYA, la Sra. Celina Waicman, en carácter de Presidenta de Varda S.A.,
propietaria del inmueble sito en Tte. Gral. Juan D. Perón 2602/06 esq. Paso 190/96 de
esta Ciudad (Nomenclatura Catastral: Sección: 09, Manzana: 012, Parcela: 001A), a
través de presentación RE-2022-42946569-GCABA-MGEYA (Nº de orden 2),
interpuso Recurso de Reconsideración contra la Resolución N° 61-GCABA-SSGU/22,
mediante la cual se incorporó con carácter preventivo el inmueble referido al Catálogo
de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con Nivel de
Protección Cautelar;
Que el Código Urbanístico vigente establece que la catalogación de edificios es uno de
los medios utilizados por el Estado local para llevar a la práctica la protección de los
bienes jurídicos: la preservación de inmuebles por sus valores urbanísticos,
arquitectónicos, histórico-culturales y/o singulares;
Que mediante Expediente Electrónico EX-2022-46261694- GCABA-MGEYA, asociado
a este legajo, la recurrente acreditó legitimación y personería correspondientes, de
acuerdo a lo establecido en los arts. 24, 52 y 53 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley Nº
6588);
Que, en virtud del Recurso impetrado, se dio intervención a la Dirección General de
Interpretación Urbanística a efectos de que por su intermedio el Consejo Asesor de
Asuntos Patrimoniales (CAAP) realice una nueva valoración patrimonial del inmueble
de marras;
Que, en consecuencia, el referido Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales mediante
Nota NO-2023-21116469- GCABA-DGIUR (N° de orden 15), hizo saber: ...se
recomienda ratificar la propuesta de catalogación con Nivel Cautelar del citado
inmueble”;
Que la Gerencia Operativa de Patrimonio Arquitectónico y Urbano, perteneciente a la
Dirección General de Interpretación Urbanística, mediante Dictamen IF-2023-
21183715-GCABA-DGIUR (N° de orden 16), expresó: ... se sometió el caso a una
nueva evaluación por parte del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales (CAAP) a fin
de que realice una nueva evaluación del inmueble de marras, previo a la resolución
de la vía administrativa en instancia de reconsideración.. 3. Al respecto se indica que:
a. Dicha evaluación fue realizada en la reunión del 04 de abril de 2023 -de acuerdo a
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6661 - 14/07/2023

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