Resolución - Simple N° 124 - OGDAI/2023, 04/10/2023

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Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 124/OGDAI/23
Buenos Aires, 29 de septiembre de 2023
VISTO: La Ley N°104 (t.c. Ley N°6.588), los Decretos N°260/17, N°427/17, N°13/18,
N°220/22, N°42/23, y los expedientes electrónicos EX-2023-33064194-GCABA-
DGSOCAI y EX-2023-34261635-GCABA-OGDAI; y
CONSIDERANDO:
Que en el expediente n° EX-2023-34261635-GCABA-OGDAI tramita un reclamo de
acceso a la información pública interpuesto el día 11 de septiembre de 2023 contra la
Unidad de Coordinación Administrativa de la Agencia Gubernamental de Control y la
Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes del Ministerio de
Hacienda y Finanzas del Gobierno de la Ciudada (artículo 32 de la Ley N° 104);
Que el Órgano Garante del Derecho de Acceso a la Información tiene entre sus
atribuciones, la de recibir y resolver los reclamos que ante él se interpongan. Podrán
interponer reclamos aquellas personas que hayan realizado un pedido de información
pública y que no hayan recibido respuesta en plazo o, habiéndola recibido, la
consideren insuficiente (artículos 12, 13, 26 incisos a, c, d y f, y artículo 32 de la Ley
N°104);
Que el día 4 de septiembre de 2023, un vecino solicitó las copias de recibos de sueldo
de un subgerente correspondiente a los meses de agosto y diciembre de 2022
(incluyendo los relativos al SAC) y de todos los del año 2023;
Que surge de las constancias de los expedientes que la Unidad de Coordinación
Administrativa contestó mediante informe IF-2023-34051947-GCABA-AGC el día 11
de septiembre de 2023. Expresó que cada agente obtiene sus recibos de sueldo
únicamente accediendo a la plataforma BA Desde Adentro, con su usuario y
contraseña personal, por lo que no tiene acceso alguno a los recibos de sueldo de los
agentes;
Que, el día 11 de septiembre de 2023, el particular interesado interpuso un reclamo
ante el Órgano Garante, por considerar insatisfecha su solicitud de información
(artículo 32 de la Ley N° 104);
Que, en consecuencia, este Órgano Garante dio traslado del reclamo a los sujetos
obligados para su consideración (artículo 6 del Anexo I de la RESOL-2023-19-GCABA-
OGDAI);
Que, el día 26 de septiembre de 2023, la Dirección General de Administración y
Liquidación de Haberes procedió a formular su descargo mediante nota NO-2023-
35991439-GCABA-DGALH. Citó el Dictamen de este organismo, que consta en
informe IF-2021-37310807-GCABA-OGDAI, en donde se concluyó, previa consulta al
Centro de Protección de Datos Personales, que la entrega de los recibos de sueldo de
los agentes del Estado como documento en sí mismo no observa un interés público,
siendo que además contiene datos personales que deben ser protegidos, expresando
que “...si bien existe un interés público en conocer el monto percibido por agentes de
la administración pública, no se percibe con igual certeza la existencia de interés
público en poseer el recibo de sueldo....” y “...El derecho de acceso a la información
respalda la exigencia de publicidad de los montos percibidos en calidad de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6721 - 04/10/2023

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