Resolución - Simple N° 1228 - MEPHUGC/2023, 03/01/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 1228/MEPHUGC/22
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2022
VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, los Decretos Nros. 127/14,
606/16 y 340/17, las Resoluciones Nros. 2105- MAYEPGC/16, 1415-MAYEPGC/17,
3671-MHGC/17, 585-MHGC/18, 1373-MHGC/18, 737-MEFGC/18, 1447-MEFGC/17,
2370-MEFGC/18, 2788-MEFGC/18, el Expediente Electrónico Nº 27568418-DGRP/17,
y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 606/16 de fecha 2 de febrero de 2016 el Sr. Jefe de gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares, y de Especificaciones Técnicas, y autorizo al entonces Señor Ministro de
Ambiente y Espacio Público la facultad de realizar el llamado a Licitación Pública de
Etapa Múltiple N° 1090/SIGAF/2016;
Que por Resolución N° 2105-MAYEPGC/16 de fecha 26 de diciembre de 2016, se
llamó a Licitación Pública de Etapa Múltiple N° 1090/SIGAF/2016 para la Obra
Ejecución, Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, al amparo de lo establecido por la Ley Nacional de Obras Públicas N°
13.064 y el Decreto N° 1254/08;
Que por Resolución N° 1415-MAYEPGC/17 de fecha 17 de agosto de 2017, se aprobó
la Licitación Pública de Etapa Múltiple N° 1.090/SIGAF/2016 para la Obra Ejecución,
Rehabilitación y Mantenimiento de Aceras de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
se adjudicó la Zona N° 8 de la misma a la firma MARCALBA S.A.;
Que mediante Expedientes Electrónicos Nros. 24781519-DGTALMH/17, 04225218-
DGTALMH/18, 09489414-DGTALMH/18, 15019376-DGRP/18, 20594813-DGRP/18,
26661062-DGRP/18 y 29881026-DGRP/18, la empresa MARCALBA S.A. solicitó la
redeterminación de precios del contrato y adhirió al régimen de adecuación provisoria
1° a 7° las cuales fueron debidamente aprobadas por Resoluciones Nros. 3671-
MHGC/17, 585-MHGC/18, 1373-MHGC/18, 737-MEFGC/18, 1447-MEFGC/17, 2370-
MEFGC/18 y 2788-MEFGC/18 y cuyos porcentajes alcanzaron el 21,57%, 4,24%,
4,54%, 6,86%, 6,56%, 6,93% y 8,79% a partir del 1° de septiembre de 2017, 1° de
diciembre de 2017, 1° de febrero de 2018, 1° abril de 2018, 1° de junio de 2018, 1° de
agosto de 2018 y 1° de septiembre de 2018;
Que por Expediente Electrónico N° 02625684-DGRP/19, el 10/01/2019, la empresa
solicitó la redeterminación de precios del contrato y adhirió al régimen de adecuación
provisoria al mes de nov/18, la que fue rechazada, atento haber sido interpuesta fuera
del plazo establecido por el artículo 18 del Anexo I de la Resolución N° 601-MHGC/14;
Que posteriormente por Expediente Electrónico N° 08033754-DGTALMEF/19
(incorporado al presente) con fecha 11/03/2019 y en concordancia con las provisorias
aprobadas, presentó los cálculos de la primera a la séptima (1° a 7°) redeterminación
definitiva y el cálculo de la octava (8°) redeterminación definitiva al mes de noviembre
de 2018, dentro de los plazos establecidos por la normativa vigente;
Que por ello, la Dirección General de Redeterminación de Precios del Ministerio de
Hacienda y Finanzas, ha procedido a realizar la 1° a 8° redeterminación definitiva de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6532 - 03/01/2023

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