Resolución - Simple N° 114 - SSGA/2023, 18/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 114/SSGA/23
Buenos Aires, 11 de mayo de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 1.218 y 2.095 (textos consolidados según Ley N° 6.588), los
Decretos Nros. 74/21 y 129/23, las Resoluciones Nros. 24/MJYSGC/20,
180/MJYSGC/22, 48/SSGA/23 y 49/SSGA/23, la Disposición N° 167/DGCyC/21, el
Expediente Electrónico N° 36017310-GCABA-DGAYCON/2022, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico N° 2022-36017310-GCABA-DGAYCON, tramita la
Licitación Pública de Etapa Única N° 2900-1582-LPU22, convocada para la
contratación de un servicio de desarrollo, implementación y mantenimiento de una
plataforma de gestión de procesos, bajo la modalidad de Orden de Compra Abierta;
Que la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588) establece las normas
básicas para los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios
llevados a cabo por el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y
regula las obligaciones y derechos que se derivan de los mismos;
Que, en esa línea, el Decreto N° 74/21 aprobó la reglamentación de la Ley N° 2.095
(texto consolidado según Ley N° 6.588), regulando en su artículo 76 la implementación
del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires (BAC) y fijó los niveles de decisión y cuadro de
competencias conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V, VI y VII;
Que, posteriormente, el Decreto N° 129/23 aprobó una nueva reglamentación de la
Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley N° 6.588) y fijó los niveles de decisión y
cuadro de competencias, conforme se detalla en sus Anexos II, III, IV, V y VI,
derogándose en consecuencia el Decreto N° 74/21;
Que el artículo 4° del Decreto N° 129/23, establece que: Los procesos de selección,
cuyos Pliegos de Bases y Condiciones Particulares hayan sido aprobados con
anterioridad a la publicación del presente Decreto, se rigen por la reglamentación
vigente en aquel momento. Para el caso de los procesos en que dicha instancia no
sea exigible, se regirán con la reglamentación vigente a la fecha de caratulación de los
respectivos expedientes licitatorios”;
Que, asimismo, por Disposición N° 167/DGCyC/21 la Dirección General de Compras y
Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo con las facultades
otorgadas por el artículo 19, Inciso j) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado según Ley
N° 6.588) aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales;
Que, por su parte, mediante Resolución N° 24/MJYSGC/20 y su Anexo I, modificada
por la Resolución N° 180/MJYSGC/22, se constituyó la Comisión de Evaluación de
Ofertas en la órbita de la Subsecretaría de Gestión Administrativa y se designaron sus
miembros permanentes;
Que mediante Resolución N° 48/SSGA/23, posteriormente rectificada por la
Resolución N° 49/SSGA/23, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares (PLIEG-2023-08286771-GCABA-DGAYCON) y de Especificaciones
Técnicas (PLIEG-2023-08586070-GCABA-SSSCEIC), y se llamó a la Licitación
Pública en cuestión para el día 14 de marzo de 2023 a las 13:00 horas, al amparo de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6624 - 18/05/2023

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