Resolución - Simple N° 111 - FG/2023, 17/11/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.° 111/FG/23
Buenos Aires, 15 de noviembre de 2023
VISTO: Los artículos 124 y 125 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, y la Ley N° 1903 -texto conforme Ley N° 6347-, las Resoluciones FG Nros.
28/2020, 130/2020, 34/2021, 49/2021, 54/2021, 83/2021, 101/2021, 98/2022,
108/2022, 114/2022, 137/2022, 22/2023, 33/2023 y 34/2023; y la Actuación Interna N°
30-00087147 del Sistema Electrónico de Gestión Administrativa de esta Fiscalía
General; y
CONSIDERANDO:
I.-
Que, mediante la sanción de la Ley N° 6285 se incluyó la figura de los/las auxiliares
fiscales en la Ley N° 1903, con el objetivo de dotar a esta institución de herramientas
idóneas para hacer frente a los desafíos que propone el incremento de las
competencias penales (ver arts. 38 y 39 de la Ley Orgánica del Ministerio Público).
Que, conforme a las potestades reglamentarias atribuidas al Fiscal General en la
mencionada ley, se aprobó el correspondiente Reglamento de Auxiliares Fiscales del
Ministerio Público Fiscal (ver Resoluciones FG Nros. 28/2020 y 33/2023) y, en base a
los requisitos legales y las pautas allí establecidas, se llevaron adelante los
respectivos procesos de selección de los funcionarios interesados en desarrollar ese
rol (ver Resoluciones FG Nros. 130/2020, 34/2021, 54/2021 y 108/2022).
Que, tras haber cumplido con tales exigencias se procedió a la sucesiva designación
de funcionarios/as del Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para
cumplir el rol de auxiliares fiscales en distintas dependencias que integran este
Ministerio Público Fiscal, de conformidad con las modalidades previstas en el artículo
39 de la Ley N° 1903.
Que, en particular, se encuentran próximas a vencer aquellas designaciones de
auxiliares fiscales que fueron asignados a la Unidad de Flagrancia de la Unidad Fiscal
Norte -ver Resoluciones FG Nros. 101/2021 y 114/2022-; sin perjuicio de lo cual,
previo a resolver en punto a ello, resulta ésta la oportunidad propicia para realizar una
evaluación en torno al desempeño de dicha dependencia en función del resto de las
Unidades de Flagrancia, aspecto que será abordado en el siguiente apartado.
II.-
Que, a través de la Resolución FG N° 49/2021 se inició el proceso para poner en
funcionamiento las Unidades de Flagrancia de este Ministerio Público Fiscal; un
proyecto que apuntó a la especialización de áreas en razón de la etapa del proceso y
que consistió en la implementación progresiva en cada zona en la que se encuentra
dividida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de un grupo de auxiliares fiscales que,
bajo la supervisión y coordinación de un/a Fiscal, se abocan exclusivamente al
tratamiento de los casos con personas detenidas desde el momento inicial de la
investigación.
Que, a modo de resumen, la misión principal de esas Unidades se centra en la
adopción de todas aquellas medidas y/o diligencias urgentes que resulten necesarias
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6751 - 17/11/2023

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