Resolución - Simple N° 1090 - CDNNYA/2023, 18/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 1090/CDNNYA/23
Buenos Aires, 13 de julio de 2023
VISTO: Las Leyes N° 114 y N° 70 (textos consolidados por Ley N° 6.588), el Decreto
Reglamentario N° 1.000/99, la Ley N° 6.594, los Decretos N° 469/22 y N° 470/22, el
Expediente Electrónico Nº 26175988- GCABA-DGLTACDN/23, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley N° 114 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes, el cual goza de autonomía técnica y administrativa y
autarquía financiera;
Que el artículo 63 de la Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) y el artículo 33
del Decreto Reglamentario N° 1.000/99 establecen los alcances y el mecanismo para
realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias;
Que por la Ley N° 6.594 se aprobó el total de los gastos corrientes y de capital del
Presupuesto de la Administración de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el
Ejercicio Fiscal 2023;
Que, a su vez, por el artículo 3° del Decreto Nº 469/22 se aprobó la distribución de
créditos presupuestarios para el Ejercicio 2023, en tanto que por el Decreto N° 470/22
se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General
de la Administración Gubernamental del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires para dicho Ejercicio;
Que mediante Informe IF-2023-26704747-GCABA-DGLTACDN, desde la Dirección
Operativa de Gestión Financiera, dependiente de la Dirección General Legal, Técnica
y Administrativa de este Consejo, se informa que no existe crédito suficiente para
afrontar el pago completo del servicio de taxi destinado a la Dirección General de
Programas Descentralizados, la Dirección General de Servicios de Atención
Permanente, la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa, la Dirección
General de Gestión de Políticas y Programas y la Dirección General de
Responsabilidad Penal Juvenil;
Que, asimismo, mediante NO-2023-25597108-GCABA-DGLTACDN, desde la
Dirección Operativa de Compras y Contrataciones, dependiente de la precitada
Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de este Consejo, se consultó sobre
la existencia de crédito presupuestario para afrontar el pago del servicio de
mantenimiento y reparación integral de bombas de agua, destinado al Centro de
Admisión y Derivación Úrsula Llona de Inchausti (CAD) y a los Centros
Socioeducativos de Régimen Cerrado San Martíny Manuel Belgrano, dependientes
de la Dirección General de Responsabilidad Penal Juvenil; y al Centro de Atención
Integral a la Niñez y Adolescencia (CAINA), dependiente de la Dirección General de
Gestión de Políticas y Programas, no existiendo crédito suficiente para hacer frente a
dicha erogación;
Que, por último, desde la mencionada Dirección Operativa de Gestión Financiera se
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6663 - 18/07/2023

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