Resolución - Simple N° 103 - SGCBA/2023, 17/10/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCIÓN N.º 103/SGCBA/23
Buenos Aires, 10 de octubre de 2023
VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires (BOCBA N° 47), la Ley N° 70
(BOCBA N° 539), las Resoluciones N° 4-SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597), N° 5-
SGCBA/11 (BOCBA N° 3.597) y N° 40- SGCBA/12 (BOCBA N° 3.891), el Expediente
Electrónico N° 37.916.408-GCABA-GGTALSGCBA/23, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Constitución de la
Ciudad de Buenos Aires, la Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires es un Organismo que posee autarquía administrativa y financiera;
Que también establece que su titular es el/la Síndico/a General de la Ciudad, el/la que
es designado/a por el Poder Ejecutivo con jerarquía equivalente a la de Ministro/a;
Que por Ley N° 70 (texto consolidado por Ley N° 6.588) se fijan los Sistemas de
Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, y se establecen la organización y funcionamiento de sus
órganos;
Que por la mencionada Ley, en el artículo 130 inciso 2), se otorga al/a la Síndico/a
General las atribuciones de organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la
Sindicatura General de la Ciudad, en sus aspectos operativos, funcionales y de
administración de personal;
Que conforme las atribuciones establecidas en el inciso 8) del artículo citado
anteriormente, el/la Síndico/a General administra su presupuesto, resuelve y aprueba
los gastos del Organismo;
Que mediante Resolución N° 4-SGCBA/11 se aprueba el Estatuto del Personal de la
Sindicatura General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Resolución N° 5-SGCBA/11 se aprueba el Sistema de Carrera Administrativa
de esta Sindicatura General;
Que el artículo 2° del Anexo I de la citada Resolución establece que el/la Síndico/a
General es la autoridad de aplicación del Sistema de Carrera Administrativa, quien
tendrá a su cargo la implementación, ejecución, modificación y/o ampliación del
mismo;
Que el artículo 15 del Anexo I Título III, también establece el valor de la Unidad
Retributiva correspondiente a los niveles salariales del Personal de Planta Permanente
de la Sindicatura General;
Que por Resolución N° 40-SGCBA/12 se modifica el citado artículo, estableciendo el
valor de la Unidad Retributiva en la suma remunerativa de pesos 1,65;
Que por Memorándum N° 37.902.328-GCABA-SGCBA/23 se solicita la modificación
del artículo 15 del Anexo I de la Resolución N° 5-SGCBA/11, a partir del 1° de
noviembre de 2023;
Que existen fondos suficientes para afrontar el gasto requerido;
Que la Subgerencia Operativa Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que resulta
de su competencia, mediante la emisión del Dictamen N° IF 37.922.338-GCABA-
GGTALSGCBA/23.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6728 - 17/10/2023

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