Resolución - Simple N° 1 - DEJENTUR/2023, 02/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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RESOLUCIÓN N.º 1/DEJENTUR/22
Buenos Aires, 18 de febrero de 2022
VISTO: La Ley Nº 2.095 (Textos consolidado por Ley N° 6.347) y sus modificatorias, la
Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
(Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1510/97 -texto consolidado por Ley Nº 6.347-),
los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros. 1-GCABA/20 y 12-GCABA/21, el Decreto
Nº 140-GCABA/20, las Resoluciones Nros. 224-ENTUR/18, 141-ENTUR/19, 140-
ENTUR/20, 62-DEJENTUR/20, 103-DEJENTUR/20 y 11-DEJENTUR/21, la
Disposición Nº 16-DGTALET/20, los Expedientes Electrónicos Nros. EX-2020-
18493828-GCABA- DGTALET y EX-2020-26009300-GCABA-ENTUR, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Expediente Electrónico N° EX-2018-09039581-MGEYA-ENTUR,
tramitó la Licitación Pública Nacional e Internacional de Etapa Múltiple para la
Concesión de la prestación del Servicio de Circuitos Turísticos de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires a través de Vehículos de Transporte Terrestre, aprobándose,
mediante la Resolución Nº 224-ENTUR/2018, el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares (PLIEG-2018-28200479-ENTUR) y el Pliego de Especificaciones Técnicas
(PLIEG-2018-28200632- ENTUR);
Que, más adelante, a través de la Resolución N° 141-ENTUR/19, se aprobó el
procedimiento licitatorio llevado a cabo adjudicándose el Renglón N° 1 a la firma
DIVISIÓN INDUSTRIAL S.A. / AV&MV S.R.L. /CONDOMINIOS S.A. UT, por el plazo
de cinco (5) años desde el inicio de la prestación del servicio;
Que, a partir de ello, se suscribió con dicha firma el contrato administrativo
correspondiente, identificado como Contrata de Concesión INLEG-2019-23785758-
GCABA-DGTALET;
Que, a consecuencia de lo antedicho, en fecha 1º de marzo de 2020, se dio inicio a la
concesión del servicio del Bus Turístico, a partir de la firma del Acta de Inicio IF-2020-
08513268-GCABA-DGTALET;
Que en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud
(OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), mediante el Decreto de Necesidad
y Urgencia Nº 1-GCABA/20 se declaró la Emergencia Sanitaria en el ámbito de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de junio de 2020, a los fines de atender
y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del
contagio en la población del coronavirus (COVID-19), prorrogándose luego la
declaración de dicha emergencia hasta el 30 de noviembre de 2021, inclusive, por
conducto del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 12-GCABA/21;
Que, oportunamente, el artículo 8º del Decreto Nº 140-GCABA/20 -luego derogado-
dispuso la suspensión del servicio del Bus Turístico Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires;
Que, en el marco de la situación epidemiológica y de emergencia sanitaria entonces
imperante se decidió, a través de la Disposición Nº 16-DGTALET/20, suspender la
prestación del Bus Turístico Oficial;
Que, a su vez, mediante la Resolución Nº 62-DEJENTUR/20 modificada por su similar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6633 - 02/06/2023

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