Resolucion 184/2008 - Sicpme

Fecha de disposición31 Julio 2008
Fecha de publicación31 Julio 2008
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31458

Secretaría de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa COMERCIO EXTERIOR Resolución 184/2008

Industria textil. Establécense los procedimientos operacionales para la aplicación de la Resolución Nº 203/2008 del Ministerio de Economía y Producción.

Bs. As., 29/7/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0151618/2007 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 203 de fecha 4 de abril de 2008 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, se instituyó un régimen de importación para determinados bienes y líneas de producción usados destinados al sector industrial textil.

Que el mencionado régimen establece, de acuerdo al tratamiento arancelario vigente para los bienes de que trata, la desgravación de sus derechos de importación y/o excepción al pago de la tasa de estadística, en la medida que se cumplan con ciertos requisitos.

Que en consecuencia resulta conveniente el dictado de las medidas que permitan establecer los procedimientos operacionales para la aplicación de la Resolución Nº 203/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Que la Dirección de Legales del Area de Industria, Comercio y de la Pequeña y Mediana Empresa, dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 11 de la Resolución Nº 203/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA RESUELVE:

Artículo 1º

Las empresas interesadas en la importación para consumo de bienes usados al amparo del régimen establecido por la Resolución Nº 203 de fecha 4 de abril de 2008 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, deberán efectuar la solicitud a través del formulario de información básica que se detalla en las TRES (3) planillas que, como Anexo, forman parte de la presente resolución.

Tal lo establecido en el Artículo 1º, inciso c) de la Resolución Nº 203/08 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el formulario mencionado en el párrafo anterior deberá estar acompañado con un dictamen de clasificación arancelaria de las mercaderías para las cuales se requiere el beneficio y un texto descriptivo de las mismas, que los interesados gestionarán ante el Departamento de Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria de la Dirección General de...

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