Resolucion 470/2007 - Senasa

Fecha de disposición07 Agosto 2007
Fecha de publicación07 Agosto 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31212

SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y por la Resolución Nº 149 de fecha 13 de mayo de 1996 de la ex-SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, se resolvió prorrogar la vigencia de la medida dispuesta.

Que por Disposición Nº 21 de fecha 17 de diciembre de 1996 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA dependiente de la exSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS se admitió con carácter excepcional y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, que las autoridades competentes en materia de transporte de las Provincias de RIO NEGRO, DEL NEUQUEN y DEL CHUBUT, pudieran autorizar viajes de turismo en circuito cerrado, exclusivamente para operar en la zona turística denominada 'CORREDOR DE LOS LAGOS ANDINO PATAGONICOS'; definiendo asimismo geográficamente dicha zona turística.

Que en igual sentido, por Disposición Nº 283 de fecha 3 de julio de 1997 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA, se adoptó idéntico criterio con vigencia hasta el día 15 de septiembre de 1997.

Que siguiendo idéntico criterio al expuesto en los considerandos precedentes, se han efectuado sucesivas prórrogas a través de las Resoluciones Nº 64 de fecha 20 de marzo de 1998, Nº 238 de fecha 16 de julio de 1998,

Nº 204 de fecha 8 de junio de 1999, Nº 350 de fecha 13 de octubre de 1999, todas ellas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE dependiente del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS;

Nº 125 de fecha 25 de septiembre de 2002 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION,

Nº 100 de fecha 11 de febrero de 2004 y Nº 90 de fecha 24 de febrero de 2005 ambas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS, siendo la última dictada a tal efecto, la Resolución Nº 532 de fecha 10 de julio de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS mediante la cual se dio por prorrogado el plazo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 90/2005, hasta el 30 de mayo de 2007.

Que los Directores de Transporte de las Provincias DEL CHUBUT, DEL NEUQUEN y DE RIO NEGRO, han solicitado la renovación de la Resolución Nº 532/2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que considerando que se ha vencido el plazo otorgado para el ejercicio de las facultades que con carácter excepcional se han otorgado a las provincias interesadas, se entiende conveniente y oportuno prorrogar dicha medida admitiéndose el ejercicio de tales facultades durante un lapso de tiempo preestablecido.

Que dicha medida debe ser acotada toda vez que su otorgamiento en forma definitiva significaría un menoscabo en la esfera de competencias constitutivas de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que por otro lado, el actual momento estacional del año, que genera masivos desplazamientos de contingentes turísticos a la zona geográfica que nos ocupa, evidencia estar en presencia de una importante razón de oportunidad, mérito y conveniencia que aconseja la adopción de una medida de similar alcance a la contenida en la Resolución Nº 532/2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE.

Que la DIRECCION GENERALDEASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Que el Decreto Nº 958 de fecha 16 de junio de 1992, modificado por el Decreto Nº 808 de fecha 21 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1142 de fecha 26 de noviembre de 2003, brindan sustento suficiente para emitir el presente pronunciamiento.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSPORTE RESUELVE:

Artículo 1º

Dase por prorrogado hasta el 30 de mayo de 2008, el plazo establecido por la Resolución Nº 532 de fecha 10 de julio de 2006 de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, para que las autoridades competentes en materia de transporte de las Provincias de RIO NEGRO, DEL NEUQUEN y DEL CHUBUT, puedan autorizar viajes de turismo de circuito cerrado, exclusivamente para operar en la zona turística denominada 'CORREDOR DE LOS LAGOS ANDINO PATAGONICOS'.

Art. 2º

Considérase como zona turística 'CORREDOR DE LOS LAGOS ANDINO PATAGONICOS' a la definida en el Artículo 2º de la Disposición Nº 21 de fecha 17 de diciembre de 1996 de la ex-SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGADISTANCIA dependiente de la ex-SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMIAY OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 3º

Comuníquese a las DIRECCIONES DE TRANSPORTE de las Provincias de RIO NEGRO, DEL NEUQUEN y DEL CHUBUT y a la DIRECCION NACIONAL DE GENDARMERIA dependiente del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Art. 4º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Ricardo R. Jaime.

Secretaría de Transporte TRANSPORTE FERROVIARIO Resolución 416/2007

Plan Nacional de Recuperación del Sistema Ferroviario. Asignación de material a los servicios de transporte ferroviario.

Bs. As., 1/8/2007

VISTO el Expediente Nº S01:0105950/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y CONSIDERANDO:

Que es política del ESTADO NACIONAL en materia ferroviaria posibilitar el desarrollo, la recuperación y modernización del sistema público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneos delArea Metropolitana de BUENOSAIRES, propendiendo a la mejora en la calidad de vida de la población.

Que por Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005 se aprobó el Programa de Obras,

Trabajos Indispensables y Adquisición de bienes a fin de garantizar la rehabilitación de los servicios interurbanos ferroviarios de pasajeros de largo recorrido, cuyos trazados incluyen jurisdicciones provinciales, y fortalecer y desarrollar el programa de obras del sistema público de transporte ferroviario de pasajeros de superficie y subterráneo...

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