Resolucion 846/2008 - Sc

EmisorMinisterio Publico
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2008

Expreso con carácter de DECLARACION JURADA que los datos consignados son correctos y completos y que se corresponden con las operaciones efectivamente realizadas en el período.

Asimismo manifiesto que acepto que la información del presente Anexo IV sea utilizada para la liquidación y pago de la compensación establecida en la Resolución Nº 185 de fecha 31 de marzo de 2008 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Firma Fecha Aclaración Certificación de firma Firma Contador Público Fecha impresión Código validador INSTRUCTIVO El Anexo IV deberá ser presentado por la industria láctea para los productos exportados o con destino a exportación en el período comprendido entre el 01/11/2007 y el 30/04/2008 de productos que hayan sido elaborados en el período comprendido entre el 01/11/2007 y el 31/01/2008.

En caso que exista mercadería destinada a exportación que aún permanezca en stock, deberá aclararse como observación del citado Anexo y adjuntarse nota complementaria que permita conocer e identificar las existencias finales de cada producto en unidades y en kilogramos/litros, lote, fecha de elaboración y planta, cámara o depósito donde se encuentren para su verificación.

Se presentará por duplicado, por una única vez.

El original será remitido por la industria láctea al Centro de Atención al Público de la mencionada Oficina Nacional de Control Comercial Agropecuario, sito en Avenida Paseo Colón Nº 922 - P.B. Oficina 16 de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y por aplicativo al correo electrónico movimientoslacteos@oncca.gov.ar.

El duplicado, con constancia de entrega, deberá ser conservado por la industria láctea por el término de TRES (3) años.

En caso que el Anexo IV corresponda a una persona jurídica, deberá indicarse el carácter del firmante y acreditarse la personería en la certificación de la firma.

Deberá estar suscripto asimismo por Contador Público con firma certificada por el organismo que ejerza el control de la matrícula profesional correspondiente.

ANEXO V Existencias Stock Final 1 Existencias Finales de cada producto en unidades indicando lote, fecha de elaboración y planta, cámara o depósito donde se encuentra.

2 Existencias Finales de cada producto en kgr/lts indicando lote, fecha de elaboración y planta, cámara o depósito donde se encuentra Expreso con carácter de DECLARACION JURADA que los datos consignados son correctos y completos y que se corresponden con los stocks existentes con destino al mercado interno.

Asimismo...

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