RESOLUCIÓN (RG) Nº: 000001

Fecha21 Marzo 2023
Número de registro39076
EmisorCAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES

16 MAR 2023

VISTO: el Expediente N°: 15120-0160460-0, caratulado: SECRETARIA GENERAL s/NOTIFICACIONES ELECTRONICAS. - y;

CONSIDERANDO:

QUE se inicia fa presente gestión continuando con el proceso de automatización, digitalización, agilización y mejora para las tramitaciones administrativas que se están desarrollando en el Organismo y con el objeto de implementar en el proceso de comunicación de los Actos Administrativos que emite el Organismo, notificaciones por medios electrónicos;

QUE cada solicitante deberá constituir domicilio electrónico, considerándose válidas las notificaciones enviadas bajo dicha modalidad;

QUE corresponde su reglamentación para otorgarle validez al proceso, su debido resguardo de datos y la garantía del debido proceso que posibilite un concreto y eficaz ejercicio de los derechos;

QUE la Oficina de Notificaciones será la competente para su ejecución con la debida constancia de envío con expresa mención de lo consignado en la ley 12071, haciéndose extensivo el referido proceso notificatorio a los proveídos, traslados y oficios;

QUE tomó intervención de su competencia las áreas del Organismo y la Dirección de Asuntos Jurídicos de esta Caja de Jubilaciones y aconsejó el dictado del acto administrativo;

Por ello y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 40 de la Ley 6915 y Decreto N° 0017/2019;

LA DIRECCIÓN DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES

RESUELVE:

Artículo 1.- Implementar notificaciones de todos los Actos Administrativos, proveídos, traslados, Oficios, respuestas, comunicaciones, que emite esta Caja de Jubilaciones y Pensiones, mediante medios electrónicos.

Artículo 2.- Establecer que, a partir del dictado de la presente Resolución, cada solicitante deberá constituir domicilio electrónico, considerándose válidas las notificaciones enviadas bajo dicha modalidad. Los plazos se contarán, a partir del día hábil siguiente al envío de la notificación por medios electrónicos.

Artículo 3.- Adecuar, actualizar y modificar, según corresponda, las instrucciones de trabajo, formularios, resoluciones y procesos vigentes, y de ser necesario, el sistema de Gestión de la Calidad.

Artículo 4.- Regístrese, notifíquese. Cúmplase.

S/C 39076 Mar. 17 Mar. 21

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