Resolución de Presidencia - Simple N° 177 - PERSP/2023, 11/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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RESOLUCION N.° 177/PERSP/23
Buenos Aires, 20 de Julio de 2023
VISTO: El Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley Nº 210, las Resoluciones
del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos
N° 84/2003 y modificatorias y Nº 456/2013 y el EX-2023-00003675-GA-EURSPCABA
y
CONSIDERANDO:
Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los
Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería
jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;
Que, el Estatuto del Personal del ERSP establece que se considera adscripto al
personal destinado a ejercer sus funciones fuera del Ente a requerimiento de un
organismo solicitante nacional, provincial, municipal o de la Ciudad de Buenos Aires
por un período de tiempo determinado;
Que, se ha solicitado la adscripción para prestar servicios en la Legislatura de la
Provincia de Neuquén, del agente Rossini, Esteban José, D.N.I. Nº 28.799.105;
Que, el Reglamento Interno del Directorio aprobado por Resolución N°
456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las
cuestiones relativas a la administración del ERSP;
Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL PRESIDENTE
DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
RESUELVE:
Artículo 1°.- Apruébese la adscripción y autorícese a prestar servicios en la Legislatura
de la Provincia de Neuquén, del agente Rossini, Esteban José, D.N.I. Nº 28.799.105,
desde el 20 de julio de 2023 y hasta el 10 de diciembre de 2023.
Artículo 2°.- Notifíquese al agente Rossini, Esteban José informándole que, vencido el
plazo dispuesto en el artículo precedente, deberá reincorporarse al Ente Único
Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 3°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires. Comuníquese al Organismo solicitante y a la Gerencia de
Administración. Cumplido, archívese. Grippo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6682 - 11/08/2023

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