Resolución de Presidencia Nº 123/GCABA/?/16

FirmantesMichielotto
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorGobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición14 de Julio de 2016

VISTO:

el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad, la Ley N° 210, las Resoluciones del Ente

Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos N°

84/2003 y modificatorias y N° 456/2013 y

CONSIDERANDO:

Que el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad crea el Ente Único Regulador de los

Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dotándolo de personería

jurídica, autarquía, independencia funcional y legitimación procesal;

Que, la Ley N° 210 en su Art. 11, inc. d) establece como funciones de su Directorio

contratar personal y proceder a su remoción por acto fundado respetando el debido

proceso;

Que, el Estatuto del Personal del Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución N°84/ERSP/2003,

modificado por la Resolución N°104/ERSP/2010, en su Art. 61 inc. d) prevé que el

vínculo laboral del personal de planta permanente se extingue como consecuencia del

acogimiento al beneficio previsional.

Que, mediante Registro N° 2764/ERSP/2016 se presenta el agente Marta Vicenta

Verón informando que se ha acogido al beneficio jubilatorio, agregando copia de la

notificación y presentando su renuncia al cargo.

Que, en consecuencia corresponde disponer el cese de la citada agente a la Planta

Permanente de ERSP.

Que, el Reglamento Interno del Directorio del Ente Único Regulador de los Servicios

Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Resolución N°

456/ERSP/2013, en su Art. 19 faculta al Presidente a emitir resoluciones en todas las

cuestiones relativas a la administración del ERSP y las resoluciones en lo atinente a la

contratación de personal, entre otras.

Que, la Unidad Legal y Técnica ha tomado la intervención de su competencia.

Por ello,

LA PRESIDENTE

DEL ENTE ÚNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS...

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