Resolución Nro. 92 - MODIFICAR ART 3º DE LA RESOLUCIÓN N°91-EyE-2020 -TRANSPORTE COVID

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición 3 de Junio de 2020

MENDOZA, 03 DE JUNIO DE 2020

VISTO que por Resolución Nº 91-EyE-2020, se dispuso el protocolo que deben cumplir las empresas que realicen trasporte de personas, bienes e insumos en el ámbito provincial; y

CONSIDERANDO:

Que en el Artículo 3º de dicha norma se estableció que los vehículos para transporte para ingresar al ámbito territorial de la Provincia de Mendoza deberían contar con un sistema de rastreo satelital.

Que a fin de facilitar la implementación del control se ha ve la posibilidad de un cambiar el sistema de rastreo por una aplicación de control.

Por ello,

EL

MINISTRO DE ECONOMÍA Y ENERGÍA

R E S U E L V E:

Artículo 1°

Modifíquese el Artículo 3° de la Resolución N°91-EyE-2020, el que quedará redactado del siguiente modo:

“Artículo 3º- SISTEMA DE MONITOREO DE VEHÍCULOS -Dispóngase que para su ingreso al ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, los vehículos afectados al transporte de personas, bienes e insumos, se deberán registrar en una aplicación de control de transporte del Ministerio de Seguridad que permita el monitoreo del tiempo de permanencia dentro del ámbito provincial desde la fecha de ingreso hasta el egreso o la descarga completa y final de viaje. Si se superara el tiempo de permanencia establecido en el Decreto 674/20 el Ministerio de Seguridad solicitará a la empresa la ubicación del vehículo en cuestión adoptando las medidas que estime pertinentes en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 y sus sucesivas prórrogas”.

Artículo 2º

La presente resolución tendrá vigencia desde su...

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