Resolución Nro. 90 - RESOL. N° 0300-17

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición17 de Marzo de 2017

Mendoza, 17 de marzo 2017. VISTO: Resol. nº 0300/17 de Superintendencia ad referéndum del H.Tribunal Administrativo, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/4 de autos obra Resol. nº 0300/17 de Superintendencia ad referéndum del H. Tribunal Administrativo, por la que mediante su Art. 1º dispone la homologación del Acuerdo Paritario al que se arribara conforme el Acta nº 78 de fecha 14 de marzo de 2.017, celebrada por los miembros de la Comisión Paritaria representantes del Organismo y de la Asociación Gremial del Personal de Irrigación, la que corre a fs. 5/8, en el marco de la Negociación Colectiva abierta por Resol. nº 254/09 del H.T.A.;

Que por la Cláusula 1ra. del Acuerdo, las partes establecen que el mismo será de aplicación para todo el personal que presta servicios en relación de dependencia en el Departamento General de Irrigación, en todo el territorio provincial;

Que por la Cláusula 2da. se conviene un aumento sobre la Asignación de la Clase inicial del Escalafón vigente para el personal del Organismo, equivalente a un porcentaje del Diecisiete por ciento (17,00 %), a liquidar en dos (2) tramos, no acumulativos, tomando como base el valor vigente a diciembre de 2.016 y de la siguiente manera: 1) Un Diez por ciento (10 %) con efecto retroactivo al 01 de enero de 2.017, fijando el monto de la misma en Pesos Cuatro Mil Sesenta y Cuatro con Ochenta Centavos ($ 4.064,80); y 2) Un Siete por ciento (07,00 %) a partir del 1 de julio de 2.017, fecha a partir de la cual su importe será de Pesos Cuatro Mil Trescientos Veintitrés con Cuarenta y Siete Centavos ($ 4.323,47);

Que mediante la Cláusula 3ra. del Acuerdo se eleva la garantía del Haber Mensual Bruto Mínimo (punto 5º del Acta nº 72 de Paritarias homologada por Resol. n° 532/16 de Sup. y su convalidatoria Resol. n° 227/16 del H.T.A., modificada por Acta Paritaria n° 73, homologada por Resol. n° 1360/16 de Sup. y su convalidatoria Resol. n° 537/16 del H.T.A.), a la suma de Pesos Nueve Mil Seiscientos Veinticinco ($ 9.625.-), en forma retroactiva al 01 de enero de 2.017, y en la suma de Pesos Diez Mil Doscientos Treinta y Siete con 50/100 ($ 10.237,50) a partir del 1 de julio de 2.017. Se establece además en dicha Cláusula que los haberes mensuales brutos del personal comprendido en el Acuerdo, no serán en ningún caso inferiores a las sumas mínimas indicadas precedentemente y durante los períodos señalados, previendo para el caso de aquellos agentes que no alcancen las sumas referidas, la...

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