Resolución Nro. 604 - FIN SUSPENSION DE TRANSFERENCIAS DE AGENCIAS

EmisorInstituto de Juegos y Casinos
Fecha de la disposición 6 de Septiembre de 2019

MENDOZA, 06 DE SEPTIEMBRE DE 2019

VISTO:

El EX-2019-03423594-GDEMZA-INPJYC#MHYF, carat. “FIN SUSPENSIÓN DE TRANSFERENCIAS DE AGENCIAS.-”, y

CONSIDERANDO:

Que en Orden N° 02 se presenta el Gerente de Lotería y solicita: “se gestione norma legal que deje sin efecto la Resolución de Directorio Nº 274/17, que suspendió las transferencias de Agencias a partir de octubre de 2016.

Dicha Resolución se había gestionado en vista de los acontecimientos y denuncias de un posible fraude en cuanto descargas de premios de Quiniela, hasta tanto se resolviera el tema denunciado.

Atento a lo tramitado en el expediente EX-2018-3598224-GDMZAINPJYC#MHYF caratulado “Investigación Agencias”, se concluyó la cuestión en los términos resueltos mediante Resolución de Directorio Nº 248/19.

En virtud de lo expuesto, se solicita dejar sin efecto la Resolución Nº 274/17, con el fin de regularizar las trasferencias de Agencias, de acuerdo a la reglamentación vigente. Atentamente”.

Que en Orden N° 04 Presidencia toma conocimiento y solicita dictamen legal.

Que en Orden N° 07 Gerencia de Legales efectúa el análisis jurídico legal del expediente y dictamina: “De la lectura de las presentes actuaciones se destaca que:

a.- Mediante Resolución de Directorio N° 274/17 se resolvió:…”ART. 1°.- SUSPENDANSE las TRANSFERENCIAS DE AGENCIAS tanto a titulo oneroso como gratuito previstas en el procedimiento establecido en la Resolución de Directorio 729/16 ..”

b.- Mediante Resolución de Directorio N° 248 /19 se Resolvió: “… ART 1° OTÓRGUESE, a cada agente oficial, individualizado en Orden N° 19, el plazo de DIEZ (10) días (art. 160 a) ley 9301) a efectos que acompañe las constancias documentadas que justifiquen plenamente los premios descargados como tal en su cuenta corriente del IPJC a partir del 1 de enero de 2013 hasta octubre de 2016 y cuya obligación es mantener en guarda de conformidad a las prescripciones del CCCN, (arts. 312, 328 ss. y cc.) o en su defecto, ingresar al Instituto Provincial de Juegos y Casinos las sumas especificadas en el informe de Orden N° 19, pudiendo solicitarse un plan de pago al efecto. …”

Analizadas las Resoluciones arriba mencionadas esta Gerencia entiende que no existen objeciones legales que presentar al...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR