Resolución Nro. 6017 - APROBACIÓN CURSO DE ESPECIALIZACIÓN SOBRE CONSTRUCCIÓN EDILICIA SISMORRESISTENTE ESC. SEC. DETYT.UN

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición28 de Julio de 2023

MENDOZA, 28 DE JULIO DE 2023

VISTO el EX-2023-04940985- -GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita la aprobación de la Especialización Termorresistente para su implementación en las escuelas Secundarias dependientes de la Dirección de Educación de Técnica y Trabajo de la Dirección General de Escuelas;

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.206 regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14° de la Constitución Nacional y los tratados internacionales incorporados a ella, conforme con las atribuciones conferidas al Honorable Congreso de la Nación;

Que la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado. Es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico-social de la Nación;

Que el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho, con la participación de las organizaciones sociales y las familias;

Que el Estado Nacional fija la política educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando las particularidades provinciales y locales;

Que el Estado garantiza el acceso de todos/as los/as ciudadanos/as a la información y al conocimiento como instrumentos centrales de la participación en un proceso de desarrollo con crecimiento económico y justicia social;

Que la educación brindará las oportunidades necesarias para desarrollar y fortalecer la formación integral de las personas a lo largo de toda la vida y promover en cada educando la capacidad de definir su proyecto de vida, basado en los valores de libertad, paz, solidaridad, igualdad respeto a la diversidad, justicia, responsabilidad y bien común;

Que el Consejo Federal de Educación aprobará para las carreras técnicas de nivel medio y el nivel superior no universitario y para la profesión profesional, los criterios básicos y los parámetros mínimos referidos a: perfil profesional, alcance de los títulos y certificaciones y estructuras curriculares, en lo relativo a la formación general, científico-tecnológica, técnica específica y prácticas profesionalizantes y a las cargas horarias mínimas. Estos criterios se constituirán en el marco de referencia para los procesos de homologación de títulos y certificaciones de educación técnico profesional y para la estructuración de ofertas formativas o planes de estudio que pretendan para sí el reconocimiento de validez nacional por parte del Ministerio de Educación;

Que las resoluciones del Consejo Federal de Educación son de cumplimiento obligatorio, máxime que la Provincia de Mendoza es parte de ese Consejo;

Que la Dirección General de Escuelas, sobre la base de los criterios básicos y parámetros mínimos establecidos, formularán sus planes de estudio y establecerá la organización curricular adecuada para su desarrollo, fijando los requisitos de ingreso, la cantidad de años horas anuales de cada oferta de educación técnico profesional de nivel medio o superior no universitario y la carga horaria total de las ofertas de formación profesional. Teniendo como una de sus atribuciones, conferida por ley, la de establecer el marco normativo y planificar, organizar y administrar la educación técnico profesional, en el marco de los acuerdos alcanzados en el seno del Consejo Federal de Educación;

Que las instituciones de educación técnico profesional de nivel medio y nivel superior no universitario estarán facultadas para...

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