Resolución Nro. 59 - CONVOCATORIA A CONCURSO DE INGRESO A LA DOCENCIA 2021. EDUCACIÓN PRIMARIA

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición 7 de Enero de 2021

MENDOZA, 07 DE ENERO DE 2021

VISTO el EX-2020-06368388-GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita el “CONCURSO INGRESO A LA DOCENCIA AÑO 2021 DE NIVEL PRIMARIO"; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia obra el Anexo I con el listado de cargos vacantes existentes de Materias Especiales (Educación Física, Educación Musical, Artes Visuales/Plástica y Artesanías e Informática/AIE) y Maestros de Grado en la modalidad de Enseñanza Común, dependientes de la Dirección de Educación de Nivel Primario;

Que las vacantes a que alude el considerando que precede se producen del Movimiento Anual de Traslados Definitivos 2021, RESOL-2020-2332-E-GDEMZA-DGE y su rectificatoria RESOL-2020-2464-E-GDEMZA-DGE;

Que de acuerdo con el Artículo 80º y 84º del Decreto 313/85 Reglamentario del Estatuto del Docente, corresponde en este acto resguardar el 15 % (quince por ciento) de las vacantes, las que figuran en el Anexo II del presente resolutivo;

Que si por razones de organización escolar (plantas), algún cargo de las vacantes declaradas no existiera, dentro de las atribuciones que determina la ley, se efectuarán las rectificaciones correspondientes;

Que corresponde convocar a Concurso de Ingreso a la Docencia en Nivel Primario, modalidad Enseñanza Común, en un todo de acuerdo con la Ley Nº 4934 “Estatuto del Docente” Art. 36 Inc. e) y sus concordantes con el Decreto Reglamentario Nº 313/85;

Que en orden al Ingreso a la Docencia corresponde establecer que los aspirantes deben ajustarse a las condiciones generales y especiales consignadas en los art. 16 y 56 de la Ley Nº 4934-Estatuto del Docente y concordantes del Decreto reglamentario Nº 313/85 y la Ley Nº 6929 de Incompatibilidad;

Que la RIT-2019-2399-GDEMZA-DGE y su modificatoria RIT- 2019-3542-GDEMZA-DGE, en concordancia con la Ley Nº 9031, promulgada por el Decreto Nº 2480/17 y el Decreto Nº 250/18, establecen las categorías sobre las zonas escolares y los plazos que deben cumplir los docentes en los cargos para poder realizar movimientos;

Que el Decreto Nº 354/2000 establece en su art. 2, punto 1.3 “En todos los casos en que figure en el Orden de Méritos que el aspirante posee un cargo titular o 15 horas cátedra titulares en establecimientos del Estado Provincial, No podrá optar por otro cargo u horas cátedras en carácter de titular en el Concurso de Ingreso a la titularidad en la docencia, sino presenta la renuncia al cargo u horas cátedras titulares”;

Que los docentes de escuelas privadas y celadores que hayan obtenido título docente y posean un cargo titular podrán optar, siempre y cuando presenten al momento del ofrecimiento la Renuncia a dicho cargo, recibida y aceptada por autoridad competente y/o representante legal. De igual modo se procederá con los docentes contratados por período de cinco (5) años o más;

Que los postulantes al Concurso de Ingreso a la Docencia deberán presentar por duplicado : a) DNI original y copia, o Cédula de Policía Federal o Pasaporte, b) Bono de puntaje año 2021 definitivo de la modalidad y especialidad correspondiente, c) Certificado de Aptitud Psicofísico Apto en vigencia, que acredite Aptitud para el cargo que el aspirante optare y que al momento del ofrecimiento no esté vencido (NO se aceptarán: hojas de ruta, efectores públicos, certificados en...

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