Resolución Nro. 5723 - MODIFICACIÓN PROTOCOLO DE ACTUACIÓN ACUERDOS ESPONTÁNEOS-COVID 19- S.S.T.Y E.

EmisorSUBSECRETARIA DE TRABAJO Y EMPLEO
Fecha de la disposición 7 de Agosto de 2020

MENDOZA, 07 DE AGOSTO DE 2020

VISTO:

El expediente de referencia, el Decreto N° 553/2020, y la Resolución N° 3251/2020 de la S.S.T.y E.; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 553/2020, es dictado en el marco de la emergencia sanitaria declarada por Ley 27.541 en el territorio nacional, y en el territorio de la Provincia de Mendoza, según Decreto Nº 359/2020 y el aislamiento social preventivo y obligatorio ordenado según Decretos de Necesidad y Urgencia – DNU Nº 297/2020, Nº 325/2020 y Nº 355/2020, y en consonancia los Decretos Provinciales Nº 384/2020, Nº 472/2020 y Nº 512/2020, y las Acordadas emitidas por la Suprema Corte de Justicia de Mendoza N° 29.501, N° 29.502, N° 29.508, N° 29.509 y N° 29.511, consecuencia de la situación de pandemia por el COVID-19 declarada por la OMS.

Que la norma citada en primer término, habilitó el funcionamiento excepcional VIA REMOTA de la OFICINA DE ACUERDOS ESPONTANEOS, la que se desarrolla en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y Empleo, habiéndose dictado oportunamente la Resolución N° 3251/2020, de este Organismo, con la aprobación del protocolo para la realización de Acuerdos Espontáneos según ANEXO II, y viendo la necesidad de efectuar cambios en dicho protocolo, a los fines de agilizar la celebración de estos acuerdos espontáneos, se modifica el protocolo oportunamente aprobado y a solicitud de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Técnicos.

Que transcurrido el plazo de 30 días hábiles por los cuales se habilitó el servicio remoto, tanto las partes interesadas, como el personal del Organismo afectado al trámite de referencia, optaron en aras de evitar los riesgos que puede traer aparejado la implementación del sistema presencial anterior, por continuar su tramitación vía remota, en total cumplimiento de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional y el Gobierno Provincial, tendientes a evitar la propagación del virus SARS-COVID-19.

Que en esta oportunidad, continuando la excepcional situación de pandemia, donde parte del personal del Organismo ha sido dispensado de concurrir a su lugar de trabajo, corresponde adecuarse a la situación, a través de la utilización de herramientas tecnológicas transparentes, comunes y accesibles a la ciudadanía, que contribuyan a mitigar el impacto que la pandemia ha ocasionado en el ámbito laboral, y que garanticen la continuidad o sustanciación de aquellos actos o procedimientos administrativos...

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