Resolución Nro. 56 - CREACIÓN DEL REGISTRO DE COMERCIALIZADORES DE ELEMENTOS Y MATERIALES USADOS.

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2016

MENDOZA, 01 de junio de 2016

VISTO:

La necesidad de reglamentar determinados aspectos de la Ley Nº 7.558, esta Dirección de Defensa del Consumidor establece que;

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 7.558 establece, en su artículo 1°, que deberá procederse a la creación en el Territorio de la Provincia de Mendoza de un Registro de Comercializadores de Elementos y Materiales Usados,

Que el artículo mencionado establece que los obligados al cumplimiento de la Ley Nº 7.558 son las personas físicas o jurídicas que desarrollen actividades propias de: a) Chacaritas, b) Fundiciones, c) Desarmaderos, d) Transportistas que trasladen elementos de cualquier naturaleza de las personas inscriptas en el Registro y e) Todo aquel comercio o industria que por Resolución establezca el organismo de aplicación,

Que el artículo 2º de la Ley Nº 7.558 dispone que la ex - Dirección de Fiscalización, Control y Defensa del Consumidor actual Dirección de Defensa del Consumidor será el organismo de aplicación, quien deberá ordenar y mantener actualizado dicho Registro,

Que la Dirección de Defensa...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR