Resolución Nro. 558 - MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN ACADÉMICO DE LAS ESCUELAS DEL NIVEL SECUNDARIO

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición16 de Abril de 2019

MENDOZA, 16 DE ABRIL DE 2019

VISTO el EX-2019-01405294-GDEMZA-MESA#DGE, en el cual se tramita la modificación del Régimen Académico de las Escuelas del Nivel Secundario;

CONSIDERANDO:

Que la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, establece la obligación de los Estados de adoptar las medidas necesarias, para fomentar la asistencia regular a las escuelas y reducir las tasas de deserción escolar;

Que la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional reconoce el derecho fundamental de enseñar y aprender consagrado por el artículo 14º de la Constitución Nacional, afirmando que la educación y conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado;

Que el artículo 16º de la Ley N° 26.206 prevé que “La obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco (5) años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria. El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y las autoridades jurisdiccionales competentes asegurarán el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales”;

Que las Leyes Nacionales N° 25.584, N° 25.808, N° 26.061 y las Leyes Provinciales N° 6124, N° 7254, N° 7757, N° 8130, disponen que las instituciones educativas públicas de gestión estatal y privada deben desarrollar estrategias de protección a la maternidad y paternidad adolescente;

Que es necesario reforzar la reconstrucción de la autoridad social de la escuela y del docente, mediante normas que regulen en forma orgánica y coherente con los dispositivos normativos internacionales, nacionales y propios del Nivel Secundario, la convivencia en la escuela y orienten el desarrollo de los procesos pedagógicos innovadores que resignifiquen en los estudiantes sus saberes y deberes, promoviendo aprendizajes con valores de solidaridad, esfuerzo y compromiso personal, social y como ciudadano integrante de una comunidad global;

Que en el marco descripto la política jurisdiccional tiene como objetivo fundamental la mejora de los aprendizajes escolares;

Que el ausentismo escolar perjudica los procesos de aprendizajes y disminuye los aportes educativos de los adolescentes, poniendo de manifiesto...

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