Resolución Nro. 549 - RESOLUCIÓN MODIFICATORIA - RES. 589/14 DPA

EmisorDireccion de Proteccion Ambiental
Fecha de la disposición 3 de Diciembre de 2019

MENDOZA, MARTES, 3 DE DICIEMBRE DE 2019

VISTAS las actuaciones en el expediente EX-2019-05668690- -GDEMZA-DPA#SAYOT conformado con el objeto de proceder a la reforma de la Resolución Nº589/14DPA;

Y CONSIDERANDO:

Que por Ley Provincial Nº 8637, el Ministerio de Tierras, Ambiente y Recursos Naturales, será autoridad de aplicación en lo referente a la evaluación de permisos petroleros.

Que por Ley Provincial Nº 5961 todas las obras o actividades capaces de modificar, directa o indirectamente el ambiente del territorio provincial, deberán obtener una declaración de impacto ambiental.

Que en la misma ley, en su Anexo I, punto 5 establece que la "Exploración y explotación de hidrocarburos y minerales utilizados en la generación de energía nuclear, en cualquiera de sus formas" deberá ser evaluada por la autoridad ambiental provincial".

Que el Decreto Provincial Nº 437/93, reglamentario de la ley provincial Nº 5961, establece en su artículo 1º que "A los efectos de la aplicación del Título V de la Ley 5.961, referido a la evaluación del Impacto Ambiental, en las actividades de producción de hidrocarburos prevista en el Anexo I, punto I, inc. 5. de la norma de mención, adóptese con carácter de reglamento específico para la Protección Ambiental en el ámbito de la producción de hidrocarburos en la Provincia de Mendoza, las normas del Anexo I de la Res.105/92, "Normas y Procedimientos que regulan la protección ambiental durante las Operaciones de Exploración y Explotación de Hidrocarburos" de la Secretaría de Energía de la Nación, con las adecuaciones legales y de procedimiento que se detallan en la presente Reglamentación".

Que el Decreto Provincial Nº 170/08 es complementario al citado precedentemente y tiene por objetivo poder adecuar las áreas provinciales que ya estaban en explotación al año 2007 y aquellas que lo estaban pero que se encontraban en fase de adjudicación.

Que el decreto citado precedentemente también tuvo como objetivo agilizar y compatibilizar las exigencias ambientales con las nuevas necesidades de inversión, y toma como base las Resolución N° 105/92 y N° 25/04 de la Secretaría de Energía de la Nación.

Que existen obras no contempladas en el Decreto Nº 170/08 y en la Res. Nº 25/04 de la Secretaría de Energía de la Nación que por sus características generan impacto ambiental.

Que el Área de Petróleo de la DPA considera a...

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