Resolución Nro. 541 - 777-D-2016-77742

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 1 de Marzo de 2019

MENDOZA, 01 DE MARZO DE 2019

Visto el expediente 777-D-2016-77742, en el cual obran las actuaciones sumariales relacionadas con el sumario administrativo instruido oportunamente mediante la Resolución Nº 2538/16-MSDSyD, a la agente Lic. MARIA PATRICIA MICHEL, personal de Planta de la Dirección de Atención Adultos Mayores – Subsecretaría de Desarrollo Social del Ministerio, por presunta transgresión a las disposiciones del Decreto-Ley Nº 560/73 y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 10 la Instrucción Sumarial en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Nº 2538/16-MSDSyD, ordena la instrucción del sumario; reunir todas las pruebas necesarias a tal fin; proceder a la citación de personas para declaración indagatoria y realizar las providencias que considere necesarias para un mejor cometido.

Que a fs. 15 obra declaración testimonial de la Lic. Graciana Nallim –Psicóloga con funciones en el Hogar Santa Marta-, quien reconoce firma y contenido de la presentación efectuada oportunamente, obrante a fs. 2 y vta. y expresa que, el Sr. Gregorio Ludueña, albergado en el citado Hogar, se encuentra eutímico, orientado en tiempo y espacio, lúcido, conserva el juicio crítico, así como el sentido de realidad y las funciones yoicas (es decir conserva funciones mentales superiores, tales como capacidad de comprensión, inteligencia, memoria, atención, etc., es un anciano autoválido). Concluye diciendo que tiene conocimiento que la Lic. María Patricia Michel, le pidió dinero también a la Sra. Francisca Gómez, albergada en el Hogar Santa Marta.

Que a fs. 30 obra declaración testimonial de la Lic. Flavia Nerina Soria –quien cumple funciones de Licenciada en Trabajo Social en el Hogar Santa Marta- la que reconoce firma y contenido de la presentación efectuada oportunamente, obrante a fs. 2 y vta., manifestando que con la Lic. Graciana Nallim, entrevistaron al Sr. Gregorio Ludueña, quien les contó que había acordado con la Lic. María Patricia Michel, concurrir a ANSeS, para iniciar los trámites jubilatorios. Al llegar allí se encontraron con otra mujer quien decía ser la gestora que le ayudaría con el trámite. El Sr. Ludueña desconocía que la gestora era quien realizaría el trámite. Cuando el Sr. Ludueña concurrió al banco a cobrar (acompañado por su hijo), se encuentra a la Lic. Patricia Michel y a la gestora, quienes lo esperaban para que le pagara los honorarios a la gestora. Según el adulto mayor el encuentro no había sido acordado.

Que a fs. 39 obra declaración testimonial de la Sra. Francisca Gómez –albergada en el Hogar Santa Marta-, quien reconoce firma y contenido de la presentación efectuada oportunamente, obrante a fs. 3, manifestando que conoce a la Lic. Michel del citado Hogar, que le prestó dinero a la citada profesional y nunca se lo devolvió, actitud que molestó a la Sra. Gómez. Agrega que desde que la imputada...

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