Resolución Nro. 51 - EX-2018-0192489-GDEMZA-SAYOT

EmisorSecretaria de Ambiente y Ordenamiento Territorial
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2022

MENDOZA, 07 DE FEBRERO DE 2022.

Visto el expediente EX-2018-0192489-GDEMZA-SAYOT donde se plantea la necesidad de actualizar los montos de los honorarios de los Dictámenes Técnicos, establecidos por el Artículo 4º de la Resolución N° 22/1995 del ex Ministerio de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda y modificatoria Resolución N° 691/2007 del ex Ministerio de Ambiente y Obras Públicas; y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 22/1995 del ex Ministerio de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda constituye el Registro de Consultores y Centros de Investigación idóneos en materia de Evaluación de Impacto Ambiental y establece en su Artículo 4º los honorarios retributivos de los servicios de consultoría.

Que la mencionada Resolución estableció como criterios para determinar los honorarios de los Dictámenes Técnicos, en proyectos sometidos al proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, una clasificación entre proyectos de complejidad normal y proyectos de complejidad extraordinaria. Y para Dictámenes Técnicos en el trámite del Aviso de Proyecto un monto fijo.

Que en razón del tiempo transcurrido desde el dictado de la Resolución 22/1995 del ex Ministerio de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda y modificatorias, los montos han quedado desfasados con los procesos inflacionarios y año a año se hace necesario modificarlos.

Que con el pasar de los años se han dictado diversas normas modificando la Resolución Nº 22/1995 ex Ministerio de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda, tales como la Resolución Nº 691/2007 ex Ministerio de Ambiente y Obras Públicas, Resolución Nº 453/2016-SAYOT y Resolución Nº 238/2018-SAYOT.

Que el Decreto Nº 2109/1994 en su Artículo 15º establece la necesidad de la autoridad ambiental de crear un registro de consultores para la elaboración de Dictámenes Técnicos y en la misma norma establece la necesidad de fijar por resolución los honorarios que dichos organismos percibirán. Asimismo el Decreto Nº 437/1993 establece la necesidad de crear un registro de consultores para la emisión de Dictámenes Técnicos en las Evaluaciones de Impacto Ambiental de los proyectos de exploración y explotación de la actividad petrolera. Sin embargo el único registro que aparece en la normativa está organizado por la Resolución Nº 22/1995 ex Ministerio de Medio Ambiente Urbanismo y Vivienda. Esto ha generado la necesidad del dictado de diversas resoluciones a efectos de actualizar...

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