Resolución Nro. 5074 - PLAN DE CARRERAS DE FORMACIÓN INICIAL 2023 - CGES

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición26 de Junio de 2023

MENDOZA, 26 DE JUNIO DE 2023

VISTO el EX-2023-04459285--GDEMZA-MESA#DGE, caratulado: "Plan de carreras 2023 - CGES"; y

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nacional de Educación N° 26.206 contempla en su artículo 17° a la Educación Superior como parte integrante del Sistema Educativo Nacional.

Que, el artículo 34° de la citada Ley, indica que: "La Educación Superior comprende: [...] h) Institutos de Educación Superior de jurisdicción nacional, provincial o de Ia Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de gestión estatal o privada".

Que, el art. 1° de la ley 27204/2015, -modificatoria de la Ley 24521/95 de Educación Superior-, establece que el Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable sobre la educación superior, en tanto la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho humano personal y social en el marco de lo establecido por la ley 26.206.

Que, el Consejo Federal de Educación en los considerandos de la Resolución 140/2011, expresa que la dinámica federal de planificación de la oferta educativa considera tres niveles de definición y concreción de la política de formación docente: nacional, jurisdiccional e institucional, con especificidades propias y una responsabilidad concurrente.

Que, la resolución citada precedentemente en el punto 2 del Anexo indica que la autorización jurisdiccional para la localización de ofertas y asignación de funciones en instituciones del sistema provincial se basará en el análisis de diversas variables.

Que, el art. 104° de la Ley 6970 de Educación de la Provincia de Mendoza, determina que el Estado Provincial es el principal responsable de la prestación del servicio de Educación Superior no universitaria y reconocerá y garantizará el derecho a cumplir con este nivel de la enseñanza a todos aquellos que quieran hacerlo y cuenten con la formación y/o capacidades requeridas.

Que el artículo 118° de la Ley de Educación Provincial, fija las atribuciones y deberes del Poder Ejecutivo a través de la Dirección General de Escuelas: a) establecer lineamientos de la política de educación superior no universitaria y definir el diseño curricular provincial básico para la formación docente, técnica, tecnológica y artística, que garantice ámbitos de participación de las instituciones, facilite la articulación de carreras afines y promueva su desarrollo integral. b) diseñar el mapa provincial de ofertas de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR