Resolución Nro. 465 - HONORABLE CONSEJO DEONTOLOGICO -ESPECIALIDADES SUBESPECIALIDADES Y HABILIT. SINGULARES MEDICAS

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición 6 de Abril de 2018

MENDOZA, 06 DE ABRIL DE 2018

Visto el expediente 5685-D-17-77770, en el cual el Honorable Consejo Deontológico Médico solicita actualizar la Resolución Nº 1929/15; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Nº 1929/15 se dejó sin efecto la Resolución Nº 1994/13 y se estableció para su aplicación en el ejercicio profesional en todo el ámbito del territorio provincial, las Especialidades, Subespecialidades y Habilitaciones Singulares Médicas;

Que la Ley Nº 2636 en su Art. 24 establece que “…en cada rama los Consejos Deontológicos determinarán las especialidades admitidas, su denominación y la del profesional que la ejerce…”;

Que en el mismo sentido el Art. 37 de la citada Ley establece que “son facultades de los Consejos Deontológicos en sus respectivas ramas:… 4) Determinar el número y la denominación de las especialidades, nómina que deberá ser actualizada cada dos años”;

Que la Provincia tiene reservada la competencia para autorizar a los profesionales a anunciarse como especialistas, lo que hace a través de la correspondiente certificación de la especialidad y/o subespecialidad;

Que lo solicitado es a efectos de dictar un acto administrativo, de acuerdo al siguiente detalle:

  1. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, se propone crear la Especialidad de EPIDEMIOLOGIA.
  2. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, en la Especialidad de Gastroenterología, se propone crear la Habilitación Singular de ENDOSCOPIA.
  3. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, se propone crear la Especialidad de HEPATOLOGIA y Subespecialidad de TRANSPLANTOLOGIA HEPATICA.
  4. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, en la Especialidad de Infectología, se propone crear la Subespecialidad de INFECTOLOGIA EN INMUNOSUPRIMIDOS.
  5. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, en la Especialidad de Pediatría, se propone crear la Subespecialidad de DOLOR Y CUIDADOS PALIATIVOS.
  6. Dentro del Campo de Práctica Medicina Interna, en la Especialidad de Psiquiatría, se propone crear la Subespecialidad de PSIQUIATRIA INFANTOJUVENIL.
  7. En el Campo de Práctica de Cirugía, en la Especialidad de Cirugía General se propone crear la Habilitación Singular de ECODOPPLER VASCULAR.
  8. En el Campo de Práctica de Cirugía, en la Especialidad de Tocoginecología, se propone crear las Subespecialidades de PATOLOGIA DEL TRACTO GENITAL INFERIOR Y COLPOSCOPIA y de MASTOLOGIA.
  9. En el Campo de Práctica de Cirugía, en la Especialidad de Tocoginecología, se propone crear...

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