Resolución Nro. 4514 - CONCURSO INGRESO A LA DOCENCIA AÑO 2022 DE NIVEL PRIMARIO.

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2021

MENDOZA, 29 DE DICIEMBRE DE 2021

VISTO el EX-2021-08343694-GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita el “CONCURSO INGRESO A LA DOCENCIA AÑO 2022 DE NIVEL PRIMARIO"; y

CONSIDERANDO:

Que en el expediente de referencia obra el listado de cargos vacantes existentes de Materias Especiales (Educación Física, Educación Musical, Artes Visuales) y Maestros de Grado en la modalidad de Enseñanza Común, dependientes de la Dirección de Educación de Nivel Primario;

Que las vacantes a que alude el considerando que precede se producen luego de la aplicación de la RESOL-2021-3106-E-GDEMZA-DGE y su rectificatoria RESOL-2021-3238-E-GDEMZA-DGE, correspondientes al “Movimiento Anual de Traslado Definitivo 2022”, que obran en el Anexo I;

Que de acuerdo con el Artículo 80º y 84º del Decreto Reglamentario Nº 313/85 “Estatuto del Docente”, corresponde en este acto resguardar el 15 % (quince por ciento) de las vacantes, las que figuran en el Anexo II del presente resolutivo;

Que si por razones de organización escolar (plantas legales), algún cargo de las vacantes declaradas no existiera, dentro de las atribuciones que determina la ley, se efectuarán las rectificaciones correspondientes;

Que corresponde convocar a Concurso de Ingreso a la Docencia en Nivel Primario, modalidad Enseñanza Común, en un todo de acuerdo con la Ley Nº 4934 “Estatuto del Docente” Art. 36 Inc. e) y sus concordantes con el Decreto Reglamentario Nº 313/85;

Que en orden al Ingreso a la Docencia corresponde establecer que los aspirantes deben ajustarse a las condiciones generales y especiales consignadas en los art. 16 y 56 de la Ley Nº 4934-Estatuto del Docente y concordantes del Decreto Reglamentario Nº 313/85 y la Ley Nº 6929 de Incompatibilidad;

Que la RIT-2019-2399-GDEMZA-DGE y su modificatoria RIT- 2019-3542-GDEMZA-DGE, en concordancia con la Ley Nº 9031, promulgada por el Decreto Nº 2480/17 y el Decreto Nº 250/18, establecen las categorías sobre las zonas escolares y los plazos que deben cumplir los docentes en los cargos para poder realizar movimientos;

Que el Decreto Nº 354/2000 establece en su Art. 2, punto 1.3 “En todos los casos en que figure en el Orden de Méritos que el aspirante posee un cargo titular o Quince (15) horas cátedras titulares en establecimientos del Estado Provincial. No podrá optar por otro cargo u horas cátedras en carácter de titular en el Concurso de Ingreso a la titularidad en la docencia, sino presenta la renuncia al cargo u horas cátedras titulares”;

Que los docentes de escuelas privadas y celadores que hayan obtenido título docente y posean un cargo titular podrán optar, siempre y cuando presenten al momento del ofrecimiento la renuncia a dicho cargo, recibida y aceptada por autoridad competente y/o representante legal. De igual modo se procederá con los docentes contratados por período de cinco (5) años o más;

Que los postulantes al Concurso de Ingreso a la Docencia deberán presentar por duplicado : a) DNI original y copia, o Cédula de...

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