Resolución Nro. 450 - MODIFICA ARTÍCULOS DE LA RESOLUCIÓN N°302-I-2020 POR 'GESTIÓN INTEGRAL DE ENVASES VACÍOS '
Emisor | I.S.C.A.M.E.N |
Fecha de la disposición | 17 de Diciembre de 2020 |
MENDOZA 17 DE DICIEMBRE DE 2020
Visto el Exp.2020- 04544669- GDEMZA- ISCAMEN# MEIYE, caratulado “GESTION INTEGRAL DE ENVASES VACIOS FITOSANITARIOS, FERTILIZANTES Y DOMISANITARIOS”
Considerando:
Que se ha dictado la Ley Nacional N°27.279 y su Decreto Reglamentario N° 134/2018.
Que mediante Decreto Provincial N°625/2019 se ha dispuesto que las autoridades de aplicación de dicha normativa en la Provincia de Mendoza, es el Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza (ISCAMEN) y la Secretaría de Ambiente y Ordenamiento Territorial; en el ámbito de sus competencias.
Que en el orden provincial, la Ley N° 6333 dispuso la creación del Instituto de Sanidad y Calidad Agropecuaria de Mendoza (ISCAMen), determinando en su Artículo 1°: “Declárese de interés provincial la protección fitozoosanitaria en toda la provincia de Mendoza, instrumentando un sistema de control sanitario, de plagas y/o enfermedades, de los productos vegetales y animales, sus partes y/o derivados en estado fresco o natural, como así también de su calidad”.
Que dentro de las funciones principales, el ISCAMen tiene a su cargo “Ser el organismo de aplicación de la Ley Nº 5665 y su decreto reglamentario” (Artículo N° 18 inc. “c” Ley N° 6333).
Que en dicho marco se dictó la Resolución N°302-I-2020, publicada en BO el día 05/10/2020, la cual derogaba el día 02/01/2021, la Resolución N°217-I-2005; entrando en vigencia la nueva 03/01/2021.
Que en virtud de diversas reuniones con los actores del sector, entre ellos la Cámara de Industria Argentina de Fertilizantes y Agroquímicos (CIAFA), han surgido diversas consideraciones apuntadas a mejorar su aplicación.
Que las mismas fueron analizadas por el Programa de Agroquímicos de ISCAMEN, siendo algunas de ellas consideradas para mejorar la gestión de los envases; necesitándose además un mayor tiempo para su implementación.
Por ello, y en conformidad a lo establecido por los Artículos Nros. 1, ss. y 17 de la Ley Nacional N°27.279, Ley N° 6333, Ley N°5665,el Decreto 625/2019 y normas complementarias y Decreto 1006/20.
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO DE
SANIDAD Y CALIDAD AGROPECUARIA MENDOZA (ISCAMen)
RESUELVE:
MODIFICAR el Artículo 1 de la Resolución N°302-I-2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
- “Deróguese, a los nueve (9) días hábiles de la entrada en vigencia de la Ley Impositiva de Mendoza del año 2021; la...
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