Resolución Nro. 44 - COMUNICAR A LAS ENTIDADES COOPERATIVAS IMPLEMENTACIÓN DE NUEVAS “PLANILLAS DE DATOS ESTADÍSTICOS” ME

EmisorDIRECCIÓN DE ASOCIATIVISMO Y COOPERATIVAS
Fecha de la disposición22 de Marzo de 2021

MENDOZA, 22 de Marzo de 2.021.

VISTO la Ley Provincial Nº 5.316 y lo establecido por Resolución Nº 09/2019 y Resolución Nº 61/2020 Dirección de Cooperativas, Ministerio de Economía y Energía, y

CONSIDERANDO:

La Dirección de Cooperativas es la Autoridad de Aplicación del régimen legal de las cooperativas en la Provincia de Mendoza, conforme lo dispuesto por Ley Nº 5.316 y normas complementarias. Las cooperativas, sucursales y agencias que funcionan en la provincia de Mendoza, deben cumplir con las obligaciones emanadas de la presente resolución.

Que en función de la normativa legal vigente, es dable destacar que la Dirección de Cooperativas tiene implementado la tramitación administrativa mediante la gestión de expedientes electrónicos por sistema GDE, como así también la utilización de medios remotos para realizar presentaciones ante esta Dirección, a través de la Aplicación app 148 mendoza y Ventanilla Única Gobierno de Mendoza https://www.mendoza.gov.ar/148/ventanilla-unica/;

Que la Ley Provincial Nº 5.316 establece que este Organismo tiene por objeto no sólo la fiscalización, la promoción, el desarrollo y la educación de las cooperativas; sino también, entre otras funciones, prevé establecer un servicio estadístico y de información para y sobre el movimiento cooperativo provincial;

Que la Resolución 09/2019 establece, entre la documentación que obligatoriamente deben presentar las entidades para la convocatoria a Asamblea General Ordinaria, la planilla de datos estadísticos;

Que los datos estadísticos aportados por las entidades cooperativas en cada uno de sus balances, permite contar con información estadística actualizado, la cual contribuye a un mejor cumplimiento de la promoción y el desarrollo de las entidades e información valiosa para la toma de decisiones en el ámbito de su injerencia,

Que la obtención...

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