Resolución Nro. 4121 - CREACIÓN 'ÍNDICE DE ACTUALIZACIÓN BIMESTRAL' DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PRIVADA

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición21 de Abril de 2023

MENDOZA, 21 DE ABRIL DE 2023

VISTO el EX-2023-02432827- -GDEMZA-MESA#DGE, en el que se tramita la necesidad de adecuar las escalas de equidad establecidas en el Decreto Nº 2633/05 y normas modificatorias y complementarias, para los Institutos Educativos de Enseñanza Pública de Gestión Privada que reciben aporte económico del Estado, en todos los niveles; y

CONSIDERANDO:

Que el señor Ministro de Economía de la Nación conjuntamente con el señor Ministro de Educación de la Nación anunció públicamente la incorporación de las cuotas de los colegios privados al Programa denominado “Precios Justos”, acuerdo logrado entre las cámaras nacionales y el gobierno nacional;

Que en dicho marco, se estableció que si la diferencia entre el incremento de salarios acumulado en la jurisdicción donde se encuentre el Instituto Educativo o el Índice de Precios al Consumidor, o el que sea mayor, superara en un 1,5 % al porcentaje de incremento acumulado de arancel en igual período, las instituciones educativas podrán incrementar la diferencia que se pudiera producir;

Que como es de público conocimiento, ya en el mes de marzo del corriente año la inflación media por el IPC dio como resultado el 7,7%, es decir que en el primer mes de vigencia el acuerdo suscripto ha quedado desfasado;

Que Mendoza coincide con la preocupación del gobierno nacional por lograr un equilibrio y previsibilidad en el ámbito educativo, tanto para las familias como para los establecimientos educativos de gestión privada;

Que nuestra Provincia cuenta desde hace años con una estricta normativa para la transferencia de fondos y la existencia de un mecanismo de actualización de la banda equidad que se encuentra vigente en el momento que resulta necesario mejorar y adecuar a los tiempos actuales, ello con los consensos necesarios entre distintos actores que forman parte del sistema y teniendo en cuenta las particularidades de nuestra provincia, en especial el monto de las cuota que perciben los distintos establecimientos, la función social que cumple en su zona de influencia, su matrícula mínima y máxima y el porcentaje de becados;

Que ante ello se interpreta como necesario y razonable articular otro tipo de medida, la cual pueda llevar previsibilidad a todos los involucrados, atendiendo a las específicas necesidades de los establecimientos de gestión privada, personal docente y no docente, al alumnado y al sistema educativo de gestión privada en su...

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