Resolución Nro. 404 - MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 982/2021 APROBACIÓN REGLAMENTO DE CONDICIONES PARTICULARES GANADERIA
Emisor | FONDO PARA LA TRANSFORMACIÓN Y EL CRECIMIENTO |
Fecha de la disposición | 1 de Junio de 2022 |
MENDOZA, 01 DE JUNIO DE 2022
VISTO
El Expediente Nº 486-F-2005 caratulado Línea de Crédito destinada a financiar Inversiones Ganaderas en Emprendimientos de Cría y;
CONSIDERANDO
Que, mediante Resolución Nº 982/2021 emanada de la Dirección Ejecutiva, se aprobó el Reglamento de Condiciones Particulares de la Línea de Crédito Ganadería conforme los lineamientos definidos por la Administradora Provincial del Fondo oportunamente;
Que mediante Resolución Nº 29/2022 la Administradora Provincial del Fondo, aprobó un nuevo régimen general de tasas de interés compensatorio y porcentajes máximos a financiar aplicables a las líneas de crédito de la Administradora Provincial del Fondo destinadas a financiar inversiones, con vigencia a partir del día 01 de junio de 2022, tanto para nuevas solicitudes de crédito como para aquellas que no se encontraran formalizadas mediante el correspondiente contrato de mutuo y así lo requiriera el solicitante;
Que esta resolución se dicta en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución Nº 27/1998 y conforme a las funciones asignadas mediante Resolución Nº 9/2020 y su modificatoria Resolución N° 30/2020, emanadas del Órgano Colegiado de la Administradora Provincial del Fondo, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 7º y 9º de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 9.003.
Por ello,
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA
ADMINISTRADORA PROVINCIAL DEL FONDO
RESUELVE:
Modifíquese el apartado 3.1.1. COMPONENTES FINANCIABLES – MONTO MÁXIMO DE CRÉDITO POR SOLICITANTE del Capítulo 3 - CONDICIONES DEL FINANCIAMIENTO del Reglamento de Condiciones Particulares de la Línea de Crédito Eficiencia Hídrica aprobado por Resolución Nº 982/2021 de la Dirección Ejecutiva, el que quedará redactado de la siguiente manera:
...3.1.1. COMPONENTES FINANCIABLES – MONTO MÁXIMO DE CRÉDITO POR SOLICITANTE
El financiamiento que la Administradora Provincial del Fondo otorgue para el destino Inversiones estará sujeto a los siguientes límites:
Categoría del Solicitante Porcentaje máximo a financiar (sobre inversión total a realizar) Monto máximo de crédito por Solicitante Micro agro 80% 100 veces el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) Micro 75% 300 veces el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) Pequeña tramo 1 75% 500 veces el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) Pequeña tramo 2 75% 600 veces el salario mínimo, vital y móvil (SMVM) Mediana tramo 1 75% 800 veces
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