Resolución Nro. 387 - ACTUALIZACIÓN DE RUE

EmisorDepartamento General de Irrigacion
Fecha de la disposición18 de Abril de 2022

MENDOZA, 18 DE ABRIL DEL 2022

VISTO: El Expediente Nº 240.344 – E8 - Caratulado: “DIRECCION POLICIA DEL AGUA S/ ACTUALIZACION R.U.E. 100328 PLANTA INDUSTRIAL CAPDEVILA LAS HERAS”; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 574/578, rola presentación de Declaración Jurada para la actualización de datos en el R.U.E.

Que a fs. 613, obra informe de la de la Dirección de Gestión Ambiental del Recurso Hídrico, en el cual se sugiere Autorizar el Reúso, contemplando las condiciones establecidas, estableciendo como valor máximo del parámetro de conductividad eléctrica de 2025µs/cm de los efluentes líquidos destinados a la zona de reúso agrícola, y con respecto a los autocontroles, deberán ser presentados de manera bimestral. Asimismo sugiere que se proceda al cambio de categoría del R.U.E. a Cat. N° 14 (Vuelco Indirecto) retroactivo al año 2020 de acuerdo a la documentación presentada.

Que a fs. 628, la Dirección de Asuntos Legales emite dictamen estableciendo que, considerando los informes técnicos realizados, no encuentra ninguna objeción legal para formular a la Autorización de Reúso solicitada.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas

EL SUPERINTENDENTE GENERAL DE IRRIGACION

R E S U E L V E:

  1. ) Dispóngase el cambio de Categoría del Registro Único de Establecimiento a la firma AGUAS DANONE DE ARGENTINA S.A. - R.U.E. N° 100-328, correspondiendo a Categoría Tarifaria N° 14 (Vuelco Indirecto) retroactivo al mes de Marzo del año 2.020, en mérito a las consideraciones vertidas precedentemente.

  2. ) Otórguese Autorización de Reúso esencialmente revocable y sin perjuicio de terceros en predio propio del establecimiento implantado con diversas especies de forestales (10ha), a favor de la firma AGUAS DANONE DE ARGENTINA S.A. inscripta en el Registro Único de Establecimientos (R.U.E) bajo el N° 100-328, ubicado en Ruta Provincial N° 52 Km 16.5 – Las Heras – Mendoza NC: 03-01-88-0000-001059, en los términos de la Resolución N° 778/96 y modificatorias del Honorable Tribunal Administrativo, a partir de la fecha de la presente resolución. Asimismo, se autoriza el vuelco en el siguiente Punto Autorizado: 1ha ubicación al Sur de la Bodega – Cultivos Alamos.

  3. ) Establézcase que el establecimiento de referencia podrá volcar un valor máximo del parámetro de Conductividad Eléctrica de 2025µs/cm de los efluentes líquidos destinados a la zona de reúso agrícola, de acuerdo a las disposiciones establecidas en la Resolución N° 778/96 y modificatorias del Honorable Tribunal...

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