Resolución Nro. 365 - EX-2017-00202862-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, CARATULADO “ACTA C 1630 FM ALIMENTARIA ... LIMITADA'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición 8 de Noviembre de 2022

MENDOZA, 08 DE NOVIEMBRE DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2017-00202862-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, caratulado “Acta C 1630 FM Alimentaria Soc. Responsabilidad Limitada”, en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma "FM ALIMENTARIA SOC RESPONSABILIDAD LIMITADA" CUIT 30-70924202-0, con nombre de fantasía “La Muralla”, y domicilio comercial en Túnel Peatonal -Local 11- Terminal del Sol, Guaymallén (5519), Mendoza, domicilio legal en calle Alberdi -E.T.O.M. Local E-22, Planta Baja, San José, Guaymallén (5519), Mendoza y domicilio electrónico albertzmesias@yahoo.com.ar, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 3, mediante documento electrónico (en adelante D.E.) ACTA-2017-00139081-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rola Acta de Emplazamiento serie "C" Nº 1630, labrada en fecha 7 de septiembre de 2017, contra la firma "FM ALIMENTARIA SOC RESPONSABILIDAD LIMITADA" CUIT 30-70924202-0, mediante la cual se emplaza a que en el plazo de treinta (30) días corridos cuente con una Carta o Menú en Sistema Braille (Ley Nº 8750).

Que, en razón de ello, y habiendo transcurrido el tiempo que le fuera conferido por de más y en razón de que la firma no acredita ante ésta Dirección que cuenta con una Carta Menú en Sistema Braille, en fecha 26/11/2018 se realiza una nueva inspección al comercio.

Que a orden nº 8, mediante D.E. ACTA-2018-04052502-GDEMZAINSPE#MGTYJ, rola Acta de Infracción serie "C" Nº 3405, labrada en fecha 26 de noviembre de 2018, contra la firma "FM ALIMENTARIA SOC RESPONSABILIDAD LIMITADA" CUIT 30-70924202-0, mediante la cual se imputa infracción por no contar con Carta o Menú en Sistema Braille (Ley Nº 8750).

Que la firma infraccionada presenta descargo en el que expone que “… con buena predisposición e intención de cumplir con la intimación efectuada solicito en su oportunidad información e instrucción de la correcta aplicación de la norma, no encontrando respuesta en oportunidad de realizar de realizarse el Acta de origen de la Presente, y como consecuencia de la falta de Docencia de quienes realizaron el Acta a efectos de comprender como debía realizarse correctamente la implementación de dicho sistema, la que no fue proporcionada adecuadamente en dicha oportunidad...”. Acompaña constancia que acredita haber iniciado el trámite para obtener su Carta o Menú en Sistema Braille en la escuela Helen keller.

Que respecto a la infracción por falta de al menos una Carta en Sistema Braille el artículo 1º de la Ley N° 8.750 indica que “Los comercios cuyo rubro...

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