Resolución Nro. 36

EmisorDIRECCION DE FISCALIZACION Y CONTROL
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022

MENDOZA, 26 DE ENERO DE 2022

VISTO el EX-2021-07150584-GDEMZA-DFYC#MEIYE, en el cual se imputa infracción a CARRIZO WALTER HORACIO, CUIL 20-29496032-6, con domicilio real en Clodomiro Silva S/N°, Vista Flores, Tunuyan, Provincia de Mendoza, y

CONSIDERANDO:

Que a orden 6, se le notifico a Carrizo Walter Horacio, que se encuentra en infracción al Art. 3o de la Ley N° 9133 por registrar ante la Bolsa de Comercio Mendoza contratos de compra de uva fuera de término con los proveedores, registrado con fecha 13 de julio de 2021 por un importe de pesos Setenta y Cuatro Mil Novecientos;

Que otorgado el plazo de ley el interesado no presenta descargo contra la infracción imputada por lo que la misma se debe mantener en firme;

Que el Artículo 1o de la Ley N° 9133 dispone: "Los contratos que tengan por objeto la compra venta de productos agrícolas, cuyo uso o destino final sea su entrega a establecimientos agroindustriales de la Provincia de Mendoza serán de registración obligatoria. A tal efecto, créase en el ámbito del Ministerio de Economía, y Energía, o quien en el futuro lo reemplace, u organismo que este último defina, el "Registro de Contratos de Compra Venta de Productos Agrícolas";

Que en cuanto a la obligación de registrar los contratos, el Artículo 2° del Decreto N° 1298/20 reglamentario de la Ley N° 9133 deja aclarado que será obligatoria la registración de los contratos de compra venta de: a) uvas destinadas a ser elaboradas como vinos o mostos; b) las aceitunas que se utilizan en la fabricación de conservas, pastas y aceite de oliva; c) las frutas que se destinan a conservas, secaderos y fábricas de pulpas, mermeladas; d)...

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