Resolución Nro. 3322 - PLAN DE MEJORAS SISTEMÁTICA DEL NIVEL SUPERIOR

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición21 de Diciembre de 2018

MENDOZA, 21 DICIEMBRE 2018

VISTO el EX-2018-04289062-GDEMZA-MESA# DGE, por el que se tramita el “Plan de mejora sistémica del Nivel Superior”; y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 1° de la Ley N° 27.204, modificatoria de la Ley N° 24.521 de Educación Superior, establece que: […] “El Estado nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tienen la responsabilidad principal e indelegable sobre la educación superior, en tanto la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho humano personal y social en el marco de lo establecido por la ley 26.206”;

Que la Ley de Educación Nacional N° 26.606 dispone que el Sistema Formador, como parte constitutiva del Nivel Superior, se configure mediante una construcción federal de la política pública, orientada a asegurar las mismas condiciones de calidad e igualdad en el nivel nacional, regional y provincial;

Que el Artículo 74 de la precitada Ley asigna al estado la responsabilidad del planeamiento del sistema formador, prescribiendo que el Ministerio de Educación y el Consejo Federal de Educación acordarán los lineamientos para su organización y administración;

Que el Consejo Federal de Educación en el ARTÍCULO 4° de la Resolución N° 30-CFE-07, asegura el rol del Estado como garante legal, político y financiero para el ejercicio del derecho social de la educación, el cumplimiento de las funciones asignadas al sistema formador y la planificación de la oferta para cubrir las necesidades del sistema educativo, resguardando que se den las mismas condiciones de calidad y de igualdad en el nivel nacional, regional y provincial;

Que conforme al ARTÍCULO 4° de la Resolución N° 72-CFE-08, la Dirección de Educación Superior deberá garantizar como mínimo el cumplimiento de las siguientes responsabilidades propias, en el marco de las políticas nacionales concertadas federalmente y las políticas jurisdiccionales: gestión del sistema formador, planeamiento del mismo, desarrollo normativo, evaluación sistemática de las políticas, acompañamiento institucional y vinculación con las escuelas, las universidades y el entorno social y cultural;

Que asimismo expresa que la planificación de la oferta, el diseño organizacional de las instituciones bajo su órbita y el diseño de las políticas de evaluación del sistema constituyen funciones prioritarias, debiendo cada jurisdicción establecer los mecanismos para la planificación de la oferta de modo que atienda la demanda actual y potencial. Esta planificación involucra la definición de la oferta de gestión estatal y privada, y la articulación permanente con el sector universitario, a efectos de la cobertura (ARTÍCULO 6°);

Que la dinámica federal de planificación de la oferta educativa, según los fundamentos de la Resolución N° 140-CFE-11, considera tres (3) niveles de definición y concreción de la política de formación docente...

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