Resolución Nro. 3299 - CONTINUIDAD DOCENTE PARA EL CICLO LECTIVO 2021

EmisorDireccion General de Escuelas
Fecha de la disposición22 de Diciembre de 2020

MENDOZA, 22 DE DICIEMBRE DE 2020

VISTO el EX-2020-06163381-GDEMZA-MESA#DGE, mediante el cual se tramita la continuidad del personal de la Dirección General de Escuelas para el año 2021; y

CONSIDERANDO:

Que para optimizar la prestación del servicio educativo, se hace necesario extender la continuidad de funciones de los docentes que se desempeñan en cargos y/u horas vacantes, los que reemplacen a docentes titulares con reserva de cargo y a docentes titulares que se encuentren en uso de licencia prevista en los Artículos 40º, 44º, 48º, 52º, 53º y 54º, y Capítulo VII de la Ley N° 5811, docentes suplentes en proceso de titularización efectivamente documentado con las excepciones que aconsejan la regular y efectiva prestación del servicio y a docentes titulares en cambio de funciones y afectación a Misión Especial, además de los que están comprendidos bajo la Protección a la Maternidad;

Que autoriza a ello, lo dispuesto por el Artículo 18º de la Ley N° 6929, en tanto preceptúa que: “Hasta tanto se hagan efectivos los concursos de ingreso a la docencia en los distintos niveles y regímenes especiales, los suplentes en cargos vacantes o en cargos cuyo titulares han reservado empleo sin goce de haberes, tendrán continuidad en sus cargos pudiendo cesar sólo por presentación de un titular o por informe negativo fundado de un superior jerárquico y en el caso de Nivel Superior del Consejo Directivo”;

Que durante el Ciclo Lectivo 2020 las clases presenciales fueron suspendidas a partir de marzo, pero se mantuvo el servicio educativo mediante clases no presenciales, con lo cual se habilitó a llamados virtuales para convocar a suplencias en diferentes niveles y modalidades del sistema educativo provincial;

Que para los casos de las horas y cargos docentes cuyas suplencias fueron cubiertas de manera excepcional mediante llamados virtuales, resulta necesario especificar los tiempos y modalidades para ratificar las continuidades de los docentes que podrán asistir presencialmente a las instituciones a partir del ciclo lectivo 2021, y para determinar la baja de los docentes que no podrán asistir presencialmente a las instituciones;

Que en orden 5 rola proyecto de resolución;

Por ello,

EL

DIRECTOR GENERAL DE ESCUELAS

R E S U E L V E:

Artículo 1

ro.- Dispóngase la continuidad para el Ciclo Lectivo 2021, a partir del último día laborable...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR