Resolución Nro. 318 - EX-2019-05099897-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, CARATULADO “ACTA C 4750 SAUDA S R L”

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición 9 de Noviembre de 2020

MENDOZA, 09 DE NOVIEMBRE DE 2020

VISTO:

El expediente EX-2019-05099897-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, caratulado “Acta C 4750 Sauda S R L”, en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma "SAUDA S R L", CUIT 30-69954382-5, nombre de fantasía “Blow Max”, con domicilio comercial en calle Eusebio Blanco nº 50, Ciudad, Mendoza, y domicilio legal en calle Julio Argentino Roca n° 467, Ciudad, Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden nº 2, según documento electrónico (en adelante D.E.) ACTA-2019-05099346-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rola Acta de Infracción serie “C” nº 4750, de fecha 18 de septiembre de 2019, contra la firma "SAUDA S R L", CUIT 30-69954382-5, nombre de fantasía “Blow Max”, al constatar la existencia de productos exhibidos para la comercialización con fecha de vencimiento expirada, que a continuación se detallan: una (1) unidad de Panceta Salada marca Doina, con vencimiento el 15/08/2019, un (1) pack por dos (2) unidades Yogurt cremoso sabor vainilla marca Sancor Yogs, por 120 gramos cada unidad, con vencimiento el 17/09/2019, tres (3) unidades de Salchichas cocidas sin piel marca Carcaraña, por 190 gramos cada una, con vencimiento el 13/09/2019, una (1) unidad de Salchichas Light marca Granja Iris, por 205 gramos, con vencimiento el 17/09/2019, una (1) unidad Cereal Mix Yoghurt sabor vainilla por 28 gramos, con vencimiento el 01/07/2019, noventa (90) unidades de sobres de Jugos sin azúcar sabor pera marca Clight, por 7 gramos cada una, con vencimiento el 01/09/2019, por lo que se imputa infracción al artículo 3° del Decreto 3492/91 concordante con el artículo 9° de la Ley N° 5547. En acta se deja constancia que, se destruye la mercadería detallada en presencia de la Sra. Eugenia Abraham y que se adjuntan nueve (9) fotografías.

Que a orden nº 4, mediante D.E. IF-2019-05099629-GDEMZAINSPE#MGTYJ, se adjunta las nueve (9) fotografías mencionadas en Acta y en las mismas se observan con claridad los productos detallados con sus correspondientes fechas de vencimiento.

Que a orden nº 6, conforme D.E. INLEG-2019-05258845-GDEMZAINSPE#MGTYJ, obra descargo presentado por la infraccionada donde manifiesta “…Que siguiendo expresas y precisas instrucciones de mi mandante, vengo legal tiempo y forma y de acuerdo a lo dispuesto por la normativa vigente, a presentar formal defensa contra el Acta de Infracción ? 4750 labrada el día 18/09/2019, solicitando que oportunamente se deje sin efecto la misma atento no haber incurrido la empresa en incumplimiento al art. 3 Decreto N° 3492/91 cc Art. 9 Ley n° 5.547, conforme las consideraciones de hecho y derecho que a continuación se exponen…Resulta preciso antes de efectuar las consideraciones jurídicas sobre el Acta que se cuestiona, que en momento alguno mi mandante se ha encontrado en incumplimiento de la legislación y normativa aplicable, por el contrario el control respecto de los productos relevados en el SECTOR HELADERA: 1 POSTRE SANCOR VAINILLA X 2 UNIDADES (17/09), 1 PANCETA SALADA (15/9), 3 SALCHICHAS CARCARAÑA (13/09), 1 SALCHICHA GRANJA IRIS (17/09), es a cargo de los repositores externos quienes se encargan además de la reposición del retiro de productos vencidos. La empresa, se ha comunicado y ha formalizado el reclamo correspondiente a los fines de que se...

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