Resolución Nro. 31 - EX-2019-03679761-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, CARATULADO 'ACTA C 4534 Y 4532 PETRA MARÍA DEL CARMEN'

EmisorDIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022

MENDOZA, 26 DE ENERO DE 2022

VISTO:

El expediente EX-2019-03679761-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, caratulado "Acta C 4534 y 4532 Petra María del Carmen", en el cual obran las actuaciones sumariales contra la firma “PETRA MARIA DEL CARMEN”, CUIT 27-10989768-5, con nombre de fantasía “Aquí es” y domicilio comercial en calle San Juan Nº 665, Ciudad (5500), Mendoza, y;

CONSIDERANDO:

Que a orden n° 4, según documento electrónico (D.E.) ACTA-2019-03679560-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, rolan Actas de Infracción serie C N° 4531 y N° 4532, labradas en fecha 11 de julio de 2019, a la firma “PETRA MARIA DEL CARMEN”, CUIT 27-10989768-5, por exhibir el Libro de Quejas con su habilitación vencida en fecha 7 de septiembre de 2018 (Resolución Nº 5/2019 D.D.C.); y por constatar la existencia de productos exhibidos para la comercialización con fecha de vencimiento expirada, que a continuación se detallan: tres (3) unidades de Jugo de Naranja con Pulpa marca Citric por 1 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 03/07/2019; ocho (8) unidades de Bebida sin Alcohol Artificial sabor Pomelo marca Paso de los Toros por 250 ml cada unidad, con vencimiento en fecha 14/04/2019; tres (3) unidades Bebida sin Alcohol de Extractos Vegetales marca Pepsi por 250 ml cada una, con vencimiento en fecha 11/05/2019; cuatro (4) unidades Bebida sin Alcohol sin azúcar sabor natural lima limón marca 7 Up por 1,5 Litros cada unidad, con vencimiento en fecha 22/05/2019; cuatro (4) unidades de Cepita del Valle sabor Manzana Roja por 1 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 13/05/2019; cinco (5) unidades de Bebida sin Alcohol de Extractos Vegetales marca Pepsi por 1,5 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 25/06/2019; dos (2) unidades de Agua Tónica marca Schweppes por 1,5 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 05/02/2019; dos (2) unidades de Bebida sin Alcohol con 5% de jugo de limón sabor natural lima limón marca 7 Up por 1,5 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 25/06/2019; dos (2) unidades de Bebida sin Alcohol Artificial sabor Pomelo marca Paso de los Toros por 2,25 Litros con vencimiento en fecha 15/06/2019; tres (3) unidades de Sprite sin azúcar por 2,25 Litro cada unidad, con vencimiento en fecha 05/02/2019; dos (2) unidades de Sprite por 2,25 Litro cada una, con vencimiento en fecha 28/06/2019; dos (2) unidades de Coca Cola sin azúcar por 2,25 Litro cada una, con vencimiento en fecha 05/07/2019; dos (2) unidades de Galletas marca Criollitas por 169 gramos cada una, con vencimiento en fecha 21/06/2019; tres (3) unidades de Galletas marca Criollitas Lacteadas por 118 gramos cada unidad, con vencimiento en fecha 26/12/2018; tres (3) unidades de Galletas Terrabusi Expres Light por 110 gramos cada una, con vencimiento en fecha 06/07/2019; una (1) unidad de Galletas Ser Salvado 145 gramos con vencimiento en fecha 16/06/2019; dos (2) unidades Twistos Queso por 45 gramos cada unidad, con vencimiento en fecha 30/06/2019; quince (15) unidades de Tang sabor Pomelo Rosado por 18 gramos cada unidad, con vencimiento en fecha 28/03/2019; una (1) unidad de gaseosa marca Fanta Naranja por 1,5 Litro con vencimiento en fecha 01/06/2019; 1 (una) unidad de Baggio Latte Shake por 1 Litro con vencimiento en fecha 07/05/2019; una (1) unidad de Paso de los Toros Free Pomelo por 500 ml con vencimiento en fecha 22/06/2019; una (1) unidad de Coca Cola por 375 ml con vencimiento en fecha 25/06/2019, por lo que se imputa infracción al artículo 3° del Decreto Nº 3492/91 concordante con el artículo 9° de la Ley N° 5.547. En el acta se deja constancia que se adjuntan treinta y siete (37) fotografías.

Que a orden nº 3 mediante D.E. IF-2019-03679653-GDEMZAINSPE#MGTYJ y orden n° 13 según D.E. IF-2022-0568289-GDEMZAINSPE#MGTYJ se adjuntan las fotografías mencionadas, en las que se observa con claridad cada uno de los productos detallados con sus correspondientes fechas de vencimientos.

Que a orden nº 6, conforme D.E...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR