Resolución Nro. 2641 - PROTOCOLO REAPERTURA DE PELOTEROS Y/O SALONES DE FIESTAS INFANTILES

EmisorMINISTERIO SALUD, DESARROLLO SOCIAL Y DEPORTES
Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2020

MENDOZA, 13 DE NOVIEMBRE DE 2020

Visto el expediente EX-2020-02784202—GDEMZA-MGTYJ y su fusionado EX-2020-02753769—GDEMZA-MGTYJ, en el cual se eleva para su aprobación el “Protocolo Reapertura de Establecimientos: Peloteros y/o Salones de Fiestas Infantiles”, en el contexto de la pandemia declarada por COVID-19; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/20 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación al COVID-19.

Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 875/20, partiendo del diferente impacto y desarrollo de la pandemia en el territorio de la Nación, se dispuso la medida de “distanciamiento social, preventivo y obligatorio”;

Que el Artículo 3º de la norma citada, en su parte pertinente dispone que “a la fecha de dictado del presente decreto se encuentran alcanzados por la medida de distanciamiento social” (…)”Todos los departamentos de la Provincia de Mendoza…”

Que en el Artículo 5º se establecen las “Reglas de conducta generales” y otorga la potestad a las autoridades provinciales para dictar los protocolos pertinentes para la realización de actividades, atendiendo a los requisitos mínimos establecidos en el mismo.

Que por Decreto-Acuerdo Nº 700/20 el Gobernador de la Provincia de Mendoza facultó a los Ministros del Poder Ejecutivo a disponer nuevos protocolos para actividades vinculadas con su ámbito de competencia.

Que el Decreto-Acuerdo Nº 384/20 y sus prórrogas, otorgan facultades a los Ministerios para adoptar las medidas...

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