Resolución Nro. 235 - REMATE CAPRINO
Emisor | DIRECCION PROVINCIAL DE GANADERIA SEDE CENTRAL |
Fecha de la disposición | 7 de Noviembre de 2017 |
MENDOZA, 7 de noviembre de 2017
Visto el expediente por secuestro de animal suelto, expediente 455-D-2017-01483 en infracción a la ley 6773 (Ley provincial de ganadería art. 53 al 59 y 84. Causa policial 389/17), y
CONSIDERANDO:
Que es objetivo de esta Dirección dar cumplimiento a la ley 6.773 de Ganadería en todos sus aspectos, al haberse cumplido los actos y plazos estipulados por dicha ley, en cuanto a los artículos mencionados, teniendo presente que el plazo de estadía de la hacienda desde el momento de ingreso de la hacienda al corral, establecido en el artículo 59, ha sido superado
Por ello,
EL DIRECTOR DE GANADERÍA
RESUELVE:
Llévese a subasta pública con base, al mejor postor y dinero efectivo de un caprino, sexo hembra, pelaje bayo, sin señal.
Fíjese fecha de exhibición el día 10 de Noviembre de 2017 en sede del corral privado habilitado, sito en R.N 146 esquina Maza, Colonia Elena, San Rafael, Mendoza. En horario de 10 a 12hs.
Fíjese fecha del remate el día 13 de Noviembre de 2017, a las 10 hs en sede del corral privado habilitado, op.cit. .
Desígnese a la Martillera Pública Verónica Anabel Rodríguez, matrícula 3331.
En dicho día, finalizado el remate el comprador deberá pagar en efectivo lo adquirido, el 10% de comisión al martillero designado y el valor de la hacienda adquirida, la que se aplicara a gastos y manutención del equino y flete si lo hubiere, conforme ley impositiva 8923, de existir saldo, el comprador deberá depositarlo en un código 148 y ser adjuntado al expediente al momento del retiro del animal.
El comprador en caso de compra para terceros deberá denunciar en el acto de subasta para quién adquiere, bajo apercibimiento de tenerlo por comprador, el mismo dispone de 2 días corridos para cumplimentar todos los requisitos necesarios para obtener la autorización a retirar la hacienda. Los mencionados requisitos son: marca, libreta sanitaria (en caso de equinos) certificada por veterinario a elección, RENSPA (tramitado por SENASA), recibo de martillera/o, boleta del corral y código 148 (en caso de corresponder).
Superados los 2...
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