Resolución Nro. 228 - EX-2023-00516528-GDEMZA-DGAE#MEIYE

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA
Fecha de la disposición24 de Febrero de 2023

MENDOZA, 24 de febrero de 2023

Visto, el Expediente N° EX-2023-00516528- -GDEMZA-DGAE#MEIYE en el que tramita la aprobación de los pliegos para la tercer convocatoria de Mendoza Activa Eficiencia; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 9434 (B.O. 07/12/2022) prevé un nuevo programa de fomento a la actividad económica provincial, mediante el cual el Estado Provincial otorgará aportes en efectivo, una Tarjeta de Consumo y/o Crédito Fiscal a aquellas personas que participen del programa y que realicen inversiones en eficiencia dentro de la Provincia de Mendoza.

Que el Decreto Reglamentario N° 2343/2022 estableció que el Ministro de Economía y Energía es el encargado de realizar la convocatoria del Programa, debiendo aprobar el Reglamento Operativo del mismos y adjudicar los beneficios;

El artículo 8° de la Ley N° 9434 autoriza al poder Ejecutivo a invertir la suma de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS MILLONES ($ 9.500.000.000), para las inversiones del Programa Mendoza Activa Eficiencia creado por la presente ley. La distribución de la inversión se realizará sobre las actividades contempladas en el Artículo 2º. La Autoridad de Aplicación podrá reasignar cupos remanentes, entre las distintas actividades económicas a efectos de un mayor aprovechamiento de los fondos asignados al Programa;

Por ello, con lo establecido por la Ley N° 9434, Artículo 1° del Decreto N° 2343/2022 (B.O. 14/12/2022),

EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y ENERGÍA

R E S U E L V E:

Artículo 1°

Reasígnese los fondos de las distintas líneas de Mendoza Activa Eficiencia según el siguiente cuadro:

LINEA CUPO INICIAL CUPO ACTUAL IZADO
MA EFICIENCIA - ATRACCIÓN DE INVERSIONES 600.000.000 200.000.000,00
MA EFICIENCIA - CIENCIA Y TECNOLOGÍA 200.000.000 200.000.000,00
MA EFICIENCIA - DEFENSA AGRÍCOLA 700.000.000 700.000.000,00
MA EFICIENCIA - DESARROLLO AGRÍCOLA 600.000.000 600.000.000,00
MA EFICIENCIA - EFICIENCIA AGRÍCOLA 700.000.000 1.000.000.000,00
MA EFICIENCIA - EFICIENCIA ENERGÉTICA 700.000.000 800.000.000,00
MA EFICIENCIA - EFICIENCIA HÍDRICA 500.000.000 500.000.000,00
MA EFICIENCIA - GANADERÍA 800.000.000 400.000.000,00
MA EFICIENCIA - IND.- PARQUES IND. Y EQ 1.600.000.000 2.000.000.000,00
MA EFICIENCIA - MAQUINARIA AGRÍCOLA 1.000.000.000 1.000.000.000,00
MA EFICIENCIA - PROYECTOS INTEGRALES 1.400.000.000 1.400.000.000,00
PLUS ACTIVA 700.000.000 700.000.000,00
TOTAL 9.500.000.000 9.500.000.000,00
Artículo 2°

Apruébese el Reglamento de Bases y...

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