Resolución Nro. 22 - EXCEPCIONALIDAD PARA BONOS DE PUNTAJE 2021 EN EDUCACIÓN ESPECIAL
Emisor | Direccion General de Escuelas |
Fecha de la disposición | 4 de Enero de 2021 |
MENDOZA, 4 DE ENERO DE 2021.
VISTO el EX -2020-06209609-GDEMZA-MESA#DGE en el que se tramita la “Excepcionalidad para Bonos de Puntaje 2021 en Educación Especial”; y
CONSIDERANDO:
Que por RIT-2019-863-E-GDEMZA-DGE se tramitan la flexibilización de plazos para la presentación de certificados analíticos definitivos de estudios de nivel universitario de los egresados provenientes de la Universidad Nacional de Cuyo, instruyendo a las Juntas Calificadoras de Méritos a emitir con carácter excepcional la realización de bonos de puntaje provisorios habilitando a optar suplencias;
Que la mencionada norma legal fue modificada por RIT-2019-1173-GDEMZA-DGE, prorrogada luego por RESOL-2020-1716-E-GDEMZA-DGE, se instruye a las Juntas Calificadoras a aceptar los certificados analíticos provisorios emitidos por autoridades competentes de Universidades Nacionales y Provinciales de gestión pública y privada, Institutos de Educación Superior No Universitarios públicos y privados, por el término de un año a partir de su fecha de emisión, consignando en el mismo su condición de tal y su respectiva fecha de vencimiento para poder acceder a suplencias que se produzcan en el ámbito de la provincia. Vencido dicho plazo, los profesionales que aún no dispongan del certificado definitivo, deberán acreditar de forma fehaciente y certificada por autoridad competente, que la mora es responsabilidad ajena al presentante, en cuyo plazo se prorrogará el plazo establecido precedentemente”;
Que esta medida excepcional habilitará exclusivamente a Junta Calificadora de Méritos de Educación Especial y por única vez, como medida excepcional por necesidad de servicio a participar a los docentes en el acto de ingreso a la docencia 2021 en virtud de no haber logrado obtener las docentes recibidas su certificado definitivo con motivo de restricciones producto de la pandemia por COVID-19;
Que con motivo de habilitar la participación de esta franja de docentes en el Acto Público de Ingreso a la Docencia 2021, deberán ser incorporados los Bonos Provisorios al Orden de Méritos Provisorio y Definitivo como medida excepcional y por única vez;
Que el profesional que tomare titularidad bajo la medida excepcional planteada en la presente normativa, deberá presentar el certificado analítico definitivo a fin de ratificar su titularidad, pudiendo DGE tomar las medidas legales que considere pertinente en caso de incumplimiento de la presente...
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